Thursday, May 20, 2010

[RED DEMOCRATICA] NOTICIAS : ANTICORRUP.: Vocal Aguinaga se defiende y Pronunciamiento de Projusticia sobre este caso

 


Por medio de la presente les hacemos llegar la entrevista realizada al Vocal Aguinaga por el caso de la denuncia en su contra hecha por su colega el Vocal Urbina sobre el Caso Rivera - Valdez, asimismo les hacemos llegar nustro Pronunciamiento sobre este caso escabroso
 
Atentamente

CESAR FERNANDO O´PHELAN PEREZ
PRO JUSTICIA.
 
Todas las noticias del caso las puede leer en:
 
 

 A CASO RIVERA: REVELACIONES SORPRESIVAS

 

El pasado domingo, el programa periodístico "Panorama" dio a conocer una denuncia que viene causando más de un fuerte remezón en el Poder Judicial. Y es que debe ser la primera vez, que recordemos, que un vocal superior se atreve a acusar a otro vocal superior –integrante además de su misma Sala- por amenazarlo de muerte y por haber favorecido de manera irregular a un acusado, permitiendo su absolución. Y si ello ya es grave,  lo es más aún si consideramos que este acusado fue el ex alcalde de Pucallpa, Luis Valdez Villacorta, acusado de ordenar el asesinato del periodista Alberto Rivera en dicha ciudad, y envuelto en otro proceso por narcotráfico y lavado de activos.

 

Para entender mejor lo ocurrido, hagamos algo de memoria. Apenas en marzo del año pasado, y luego de anular una primera sentencia absolutoria emitida en la Corte Superior de Pucallpa, la Corte Suprema ordenó el reinicio del  proceso y su traslado al distrito judicial de Lima, esperando con ello una mayor transparencia en el juicio y alejar el caso de la perniciosa influencia que mantenía Valdéz en la ciudad que hasta entonces había gobernado por dos períodos. El proceso fue remitido entonces a la Tercera Sala Penal para Reos Libres, presidida entonces por el vocal titular Jorge Aguinaga Moreno y los vocales provisionales Malzon Urbina La Torre y José Chávez Hernández (cambiado luego por Luis Carrera Contti). Sin embargo, contra lo esperado, esta Sala dictó una sentencia igualmente absolutoria en febrero del 2010, si bien en este caso la decisión fue solo en mayoría, debido a que el vocal Urbina presentó su fallo en minoría a favor de la condena del ex alcalde por 20 años.

 

En realidad, el historial de los magistrados que integraban esta Sala no parecía el más adecuado para estos casos. Por parte de Aguinaga Romero, cuando ejercía como vocal en Cusco se vio envuelto en el 2006 en un escándalo por dilatar por más de 23 meses la apertura de instrucción contra altos funcionarios de la UGEL Cotabambas por el despido arbitrario de la jefa de la Oficina de Control Institucional de dicha entidad, Elba Espinoza Yábar. Sospechosamente, en febrero del 2008 solicitará al Consejo Ejecutivo su traslado a Lima aduciendo motivos de salud. En enero del 2009, Aguinaga será nombrado titular de la Tercera Sala Penal para Reos Libres; desde entonces, Aguinaga no ha cumplido con presentar su declaración jurada de bienes, tal como consta en los archivos de la OCMA , lo que impide conocer su situación patrimonial a partir de entonces.

 

En el caso de Urbina La Torre , este se hizo famoso en julio del 2007 cuando, junto con los vocales Jorge Egoavil Abad y Nancy Avila –esposa de Moisés Tambini del Valle, ex abogado del Presidente Alan García-, declaró prescrito el caso El Frontón sin motivar ni fundamentar las razones por las que se debía desconocer el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que había ordenado al Estado peruano investigar y sancionar a los responsables de dicha matanza, ocurrida durante el primer gobierno aprista. Esto condujo a una investigación a cargo de la OCMA , que culminó en el 2009 con apenas una medida disciplinaria de suspensión del 10 días. Anteriormente, Urbina había sido también investigado por no prorrogar la detención de 3 peligrosos secuestradores en julio del 2006, facilitando su excarcelación. A pesar de estos antecedentes, Urbina La Torre logró ubicarse dentro de los postulantes aptos en el recientemente suspendido concurso convocado por el CNM para designar a Vocales Supremos, si bien no llegó a pasar a las entrevistas personales.

 

Finalmente, Luis Carrera Contti fue separado al poco tiempo de emitir su voto en el caso Valdez debido a contar en su haber con cuatro quejas en su contra ante la OCMA , una de ellas por intentar ayudar a su hermano acusado por violación contra su hija de 17 años, impidiendo su detención. Carrera Contti habría sido colocado en varias oportunidades como vocal dirimente o reemplazante en casos vinculados con narcotráfico y hábeas corpus.

 

En este marco, cabe más bien preguntarse porqué un caso tan sensible a la opinión pública como el de Rivera pudo ser entregado en estas manos, las que no parecían asegurar necesariamente un juicio justo. La denuncia hecha por el vocal Urbina, en tal sentido, solo confirma de alguna manera que el caso estuvo igualmente plagado de irregularidades desde que llegó a Lima, las mismas que ya habían sido prevenidas por la OCMA al abrir proceso disciplinario a Aguinaga, Urbina y Hernández por inconducta funcional, cuando los magistrados quisieron cerrar el proceso alegando la falta de presencia del fiscal en la audiencia oral, cuando éste solo tuvo una demora que no amerituaba dicha decisión.

 

Recientes indagaciones confirman también que, a lo largo del proceso, existió una tensión permanente entre Aguinaga y Urbina por la conducción del caso, lo que en todo caso desmiente más bien la denuncia de que Aguinaga manejó en todo momento el caso a su antojo. Por ejemplo, gestiones hecha por Urbina habrían impedido que Aguinaga llevara nuevamente el caso a la ciudad de Pucallpa, donde éste quería llevar a cabo las sesiones del juicio. Esto lleva a pensar que, detrás de la denuncia de Urbina, hay cosas que aún no están dichas; por ejemplo, ¿por qué este vocal recién denuncia estos hechos, cuando debió hacerlo apenas se le acercaron otras personas a ofrecerle dinero para que decida en cierto sentido? ¿Por qué no denunció en su momento, siquiera a nivel administrativo, que el vocal Aguinaga nunca entregó el expediente a los otros miembros de la Sala ? ¿Por qué Urbina si firmó el auto por el cual se quiso anular el proceso en octubre del 2009, debido a la inasistencia del fiscal Ramiro Salinas a la audiencia oral? ¿Por qué Urbina firmó también la resolución por la que se buscó quitar valor probatorio a las declaraciones de Lito Fasabi, coautor material del crimen de Rivera?

 

Lo cierto es que, a lo largo del proceso, Urbina participó y tomó decisiones que generaron a su vez quejas por parte de los demandantes, lo que es un indicio claro de que sí tuvo acceso al expediente. El mismo vocal Aguinaga ha hecho ver, en su defensa, que el voto en minoría de Urbina se encontraba fundamentado en documentación que formaba parte del expediente, negando así que éste nunca lo hubiera tenido en sus manos. Por el contrario, si ello fuera cierto solo serviría para poner en entredicho su conducta como magistrado, dado que uno no puede ejercer justicia sin tener siquiera un conocimiento mínimo acerca del caso que se está enjuiciando.

 

Se ha soltado implícitamente la hipótesis de que la denuncia de Urbina tendría más bien como trasfondo evitar que éste emita su voto ante el habeas corpus prestando por Dan Cohen para evitar su extradición a Israel. En todo caso, hay muchos cabos sueltos que aún deben ser investigados. Por tanto, si bien la denuncia del vocal Urbina merece una severa investigación, lo cierto es que esta investigación debe ir más allá de las amenazas a este vocal para evaluar la actuación del conjunto de los integrantes de la Sala , los que deben dar una serie de explicaciones respecto a su comportamiento funcional en este proceso. Lo que no cabe duda es que todo lo ocurrido muestra que los tentáculos del narcotráfico se encuentran mucho más extendidos de lo que pudiera pensarse al interior del Poder Judicial, ¿o qué dice Ud., doctor Villa Stein?


 

 

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