Ayudar a inmigrantes irregulares podría ser penado con la cárcel
La reforma del Código Penal puesta en marcha por Gallardón deja en manos del Ministerio Fiscal la posibilidad de perseguir a quienes presten su hospitalidad a extranjeros no comunitarios�
LUCÍA VILLA�Madrid�03/01/2013 07:28�Actualizado:�03/01/2013 17:10
Lejos de revisar sus polémicas medidas hacia los inmigrantes, el Gobierno sigue ahondando en la desprotección de este colectivo. Una modificación en la�reforma del Código Penal�prevista por el Ministerio de Justicia abre la puerta a que aquellas personas que colaboran con los inmigrantes en situación administrativa irregular prestándoles asistencia humanitaria puedan ser�multadas y castigadas con hasta dos años de cárcel.
Según el artículo 318 bis del Anteproyecto de reforma, pendiente aún de aprobación parlamentaria, "el que intencionadamente ayude a una persona que no sea nacional de un Estado Miembro de la Unión Europea a entrar en el territorio de otro Estado miembro o a transitar a través del mismo, vulnerando la legislación de dicho Estado sobre la entrada o tránsito de extranjeros, será castigado con una pena de multa de tres a doce meses o prisión de seis meses a dos años".
Una plataforma integrada por juristas, sacerdotes, profesores y miembros de la sociedad civil que acogen en sus casas a inmigrantes en situación vulnerable, advierte del�riesgo de que puedan ser tratados como "criminales"�y�ha lanzado una campaña�para pedir al Alberto Ruiz Gallardón que corrija el "desafortunado" artículo.
"El nuevo artículo 318 bis del Anteproyecto de reforma del Código Penal iguala conductas ilícitas e inmorales como la trata de seres humanos y los abusos sobre las personas migrantes con prácticas humanitarias de solidaridad, hospitalidad y asistencia hacia aquellas personas que transitan "sin papeles" por España", afirma en su comunicado el colectivo 'Salvemos la hospitalidad'.
La normativa también prevé penas similares para las personas que, con ánimo de lucro, ayuden a los inmigrantes irregulares a "permanecer" en territorio comunitario, lo que a juicio de la plataforma implica que pueden ser incriminados quienes, por ejemplo,�alquilen una habitación o dispensen un menú, aunque sea a bajo precio, a los extranjeros sin la documentación en regla.
El CGPJ pidió en un informe que la nueva regulación fuera más precisa
Paradójicamente, la mayor ambigüedad del nuevo texto reside en la redacción de la última parte del punto primero donde se afirma que "El Ministerio Fiscal podrá abstenerse de acusar por este delito cuando el objetivo perseguido sea únicamente prestar ayuda humanitaria a la persona de que se trate", lo que deja abierta la posibilidad legal a que en realidad pueda hacerse efectiva la acusación.
"Se deja en manos del Ministerio Fiscal la posibilidad de acusar. Algo grave, pues esta forma de criminalización�es una opción de política criminal del legislador", denuncia la plataforma, que considera que la propia ley podría eximir directamente a quienes presten su hospitalidad añadiendo que "quedarán exentos de responsabilidad penal quienes únicamente presten ayuda humanitaria".
Un informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que analiza la reforma del Código Penal también considera que el texto debería ser más concreto y aconseja que no quede implícitamente derivada al Ministerio Público la posibilidad de pedir las multas.
Justicia asegura que no se pretende endurecer las penas sino "todo lo contrario"
Desde el Ministerio de Justicia, en cambio, sostienen que el sentido de esta reforma no es endurecer las penas "sino todo lo contrario". En declaraciones a�Público, el departamento que dirige Ruiz Gallardón ha justificado la modificación de la regulación vigente�"para ajustarla a las exigencias estrictas de la normativa europea�impuestas en la Directiva 2002/90/CE" y ha asegurado que, al contrario de lo que sucede actualmente, la nueva regulación "deja claro que solamente se sancionan las conductas por medio de las cuales se facilita directamente la entrada ilegal o el tránsito en España" y rebaja "radicalmente" las penas.
"Se puede no perseguir el delito cuando se actúa por motivos humanitarios", insiste el Ministerio, que recuerda que el texto no es definitivo y subraya que el sentido correcto de la reforma es "justamente el contrario" del que se ha trasladado por plataformas como 'Salvemos la hospitalidad'.
"Falacia argumentativa"
JPD considera "inadmisible" y un "contrasentido" el nuevo artículo del Código Penal
Joaquim Bosch, portavoz de Jueces para la Democracia, considera sin embargo que las palabras de Justicia son una mera "falacia argumentativa". "Estamos en el terreno de la retórica, como cuando se habla de "modular" el derecho de huelga. En el nuevo artículo se incluyen supuestos que antes no estaban incluidos y si el Gobierno pretende cambiar la legislación es por algo", afirma en conversación con este diario.
"Es inadmisible que se puedan penalizar este tipo de conductas. Entendemos que de ningún modo la vía penal puede ser la solución a estos problemas porque lo que se pretende, una vez más, esmeter en el ámbito de la delincuencia cuestiones sociales. Es un contrasentido. Hay que dejar el texto como está o bien eliminar cualquier duda interpretativa", añade.
Fuente:�http://www.publico.es/espana/448287/ayudar-a-inmigrantes-irregulares-podria-ser-penado-con-la-carcel
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