Saturday, October 17, 2009

[RED DEMOCRATICA] INFORM.: Competencia desleal en la aviación nacional

 

Se publica el presente documento tal cual llegó (sic) y por considerarse de importante vigencia y utilidad informativa. (hmr) 12-10-2009

 
Competencia desleal en la aviación nacional
 

Las FFAA y PNP compiten en forma desleal con los empresarios de pequeñas compañías aéreas  peruanas, al poner sus servicios de transporte aéreo con las aeronaves del Estado, a disposición de los usuarios del transporte de carga aérea, con precios sub- valuados, en perjuicio de los contribuyentes, pues los costos reales de operación son cubiertos por el Estado a favor de la compañías explotadoras de gas, petróleo y acopiadores de carga en general, que son los usuarios mas frecuentes de este servicio aéreo comercial
.



En el caso especifico de carga aérea, los costos de operación de los aviones medianos como AN32, AN26 y AN24 civiles no puede ser menores a US$ 3,000.00 a 4,500 dólares la hora de vuelo, porque incluyen todos los gastos de la operación aérea que la aviación civil tiene que pag
ar:

 

LAP, SNAR, CORPAC, Combustible, Tripulaciones, Mecánicos, Repuestos, Personal administrativo, Talleres, Oficinas, Múltiples Seguros, etc, que las aeronaves del Estado en su mayoría, no tienen este costo directo ya que salen del presupuesto general del insti
tuto.

 

Las aeronaves del Estado, con características similares, se ofertan, (según lista de precios oficial, al año 2003) en 1,350.00 US Dollar, la hora de vuelo en principio, pues no son precios que afronten el coste real, peor aun en algunas oportunidades estos pueden negociarse hasta en 800.00 US Dollar, hora, en tratos directos, estos pagos  no llegan a cubrir ningún gasto de la Operación ni reponer el material desg
astado.

 

Las aeronaves por si solas, no tienen la capacidad de discernir para quien trabajan, por lo que no importa quien la opere, siempre se  tendrá que pagar los costos que volar implican, por lo que al final en este caso, los contribuyentes terminan pagando la diferencia a favor del usuario de este
servicio.

 

Eso es solo una parte del problema,  porque se deja en tierra los
aviones de COMPAÑÍAS DE EMPRESARIOS que apostaron por la aviación peruana, invirtiendo  en la industria Aeronáutica Nacional, que nadie apoya  y que tiene por principal competidor al propio Est
ado Peruano

 

Adicionalmente se perjudica por partida doble ya a los trabajadores de estas empresas aéreas civiles, pues no solo se quedan sin trabajo, sino que con sus impuestos favorecieron a quien les quita su fuente de trabajo, esta competencia desleal también
atenta contra LA SEGURIDAD DE LAS OPERACIONES AÉREAS EN GENERAL  pues se ven obligadas a reducir los precios para poder competir contra esta desleal
competencia.

 

Las Instituciones del Estado, argumentaran que estos “INGRESOS” les permitirán  financiar la operatividad de los pocos aviones que les quedan para cumplir su finalidad, así como el entrenamiento de sus tripulaciones, pero esto es obligación del Estado, por ser parte del presupuesto de la De
fensa Nacional.

 

El mal uso de los aviones del Estado, a tarifas por debajo del costo necesario para su mantenimiento, trae como consecuencia que estos quedan inoperativos para su uso primordial que es el de la defensa, recordemos que el fin supremo del Estado es el Bien  Común, el cual se sustenta en La Seguridad y el Desarrollo y que sin seguridad NO HAY desarrollo, mas aun hoy, la amenaza de conflicto armado es
real y cercano.

Adicionalmente si se usaran aviones civiles, para el transporte no regular de las entidades del Estado reforzaríamos cuesta aviación civil comercial y el costo seria definit
ivamente inferior.

 

¿Pero quien son las entidades encargadas de
que esto no suceda?

 

EL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACION
E
S a través de la DGAC:

 

Basada en LEY Nº. 27261  y su reglamentación, que regula las actividades Aéreas en el Territorio Nacional, por lo tanto es la que autoriza las operaciones comerciales adicionalmente las FFAA solo, cuando el Parque Aéreo Comercial Nacional no este capacitado para atender al demandante del servicio.

 

CORPAC: Ejecuta las funciones operativas y el control del espacio Aéreo según las Normas d
e la Autoridad Aeronáutica

  

OSITRAN: La ley Nº26917 de SUPERVISIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Y PROMOCION DE LOS SE
RVICIOS DE TRANSPORTE AÉREO,

VISIÓN

Organismo Regulador líder, imparcial y eficiente, que contribuye con el desarrollo de la Infraestructura de Transporte de Uso Público
y la competitividad del país.

 

MISIÓN

Regular la conducta y condiciones de acceso en los sectores donde operan las Entidades PrEstadoras, supervisando la ejecución de los contratos de concesión, cautelando en forma imparcial y objetiva los intereses de los usuarios, de los inversionistas y del Estado, a fin de garantizar la eficiencia en la explotación de la infraestruct
ura de Transporte de Uso Público.

 

“Artículo
28.- Uso de referentes de mercado.

P
ara la fijación del Cargo de Acceso,

(es la contraprestación monetaria que cualquier operador de servicios competitivos está obligado a pagar por utilizar las Facilidades Esenciales, sin importar la denominación que se le otorgue, de acuerdo a la forma o modalidad que corresponda al tipo contractual que h
aya adoptado el contrato de acceso) .

 

Se podrá utilizar como referente los cargos que se pagan por el uso de infraestructura de similar naturaleza, prEstados en circunstancias parecidas, siempre que el referente sea tomado de mercados nacionales o internacionales razonablemente competitivos. Asimismo, el Usuario Intermedio y la Entidad PrEstadora pueden acordar cargos de acceso determinados como un porcentaje (%) d
e los ingresos del Usuario Intermedio.”

 

PRINCIPIO DE LIBRE COMPETE
NCIA Y PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA.

El Acceso a las Facilidades Esenciales debe analizarse y ejecutarse sobre la base de una evaluación que establezca un balance entre la incorporación de más competencia, y la creación de incentivos para el incremento, cobertura y mejoramiento de la calidad de la infraestructura. Al evaluar el Acceso, se considerará la equidad y razonabilidad de las Condiciones de Acceso, así como la obte
nción de retornos adecuados a la inversión.


EL INSTITUTO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y PROT
ECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, INDECOPI.


Misión

Promover y garantizar la leal competencia, los derechos de los consumidores y la propiedad intelectual en el Perú, propiciando el buen funcionamiento del mercado, a t
ravés de la excelencia y calidad de su personal.


Visión

Ser reconocidos como una institución pública líder en el Perú y América Latina que brinda sus servicios de manera oportuna, transparente y confiable, contribuyendo a generar un
a cultura de mercado y el bienestar en la sociedad

EL MINISTERIO DE DEFENSA:

Es el organismo representativo de las Fuerzas Armadas, que ejerce la
política del Estado para la defensa integral del país.

Finalidad

El Ministerio de Defensa, como organismo central del Sistema de Defensa Nacional, tiene como finalidad, formular y difundir la doctrina de seguridad y de Defensa Nacional, concebida al servicio de los intereses del pueblo peruano, sustentada en el respeto a los valores
y
derechos esenciales de la persona y de la colectividad.

No dice nada de volar para ganar
dinero….

LAS FFAA  Artículo 83º.- Fuerza Aérea del Perú.

La Fuerza Aérea es el órgano de ejecución encargado de la preparación, organización, mantenimiento y equipamiento del componente aéreo de las Fuerzas Armadas, en función a los objetivos de la política de Defensa Nacional. Contribuye a garantizar la independencia, soberanía e integridad territorial de la República, en el ámbito de su competenc
ia y participa en el desarrollo económico y social del país.


La estructura, funciones, atribuciones y responsabilidades de la Fuerza Aérea del Perú se rigen por el Decreto Legislativo Nº 439 - Ley Orgánica de
la Fuerza Aérea del Perú y demás normas legales pertinentes.

No dice nada de volar para ganar dinero….

Por lo tanto L
a Marina de Guerra y el Ejercito del Perú menos, “NATURALMENTE”

EL MINISTERIO DEL INTERIOR:

El Ministerio del Interior ejerce las funciones de Gobierno Interior y de Policía a través de los órganos policiales y no Policiales para proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades fundamentales de las personas, así como manten
er y restablecer el orden interno democrático y el orden público.

Como órgano administrativo, integrante del Poder Ejecutivo, es responsable de formular, dirigir, ejecutar y supervisar la Política General del E
stado, en el ámbito de las actividades que su Ley Orgánica señala.

 
No dice nada de volar para ganar dinero….

La PNP: AVIACIÓN POLICIAL

 
MISIÓN

La Dirección de Aviación Policial, es un órgano de apoyo especializado encargado del planeamiento, organización, dirección, coordinación y control de las operaciones aeropoliciales en el transporte y apoyo a las unidades para el cumplimiento de la finalidad policial, la instrucción y entrenamiento de su personal, el mantenimiento y equipamiento de las
aeronaves, así como
realiza
r actividades de acción cívica autorizadas por la superioridad.

VISIÓN

Ser reconocida como la Aviación de vanguardia en Sudaméric
a con suficiente personal calificado, con un parque aeronáutico adecuado.


No dice nada de volar para ganar dinero….

Cabe agregar que además  las FFAA y la PNP, compiten entre ellas en precios, para conseguir a los usuarios que demandan el servicio, creando un es
cenario que pone en peligro la integridad de los mismos, así como a terceros.

LAP:

El 15 de noviembre del año 2000, un consorcio formado por el operador alemán de aeropuertos Fraport AG Frankfurt Air Port Services Worldwide (en ese entonces denominado Flughafen Frankfurt/Main AG); por Bechtel Enterprises Services, Ltda. (en ese entonces Bechtel Enterprises International, Ltda.), parte del conglomerado Bechtel, un grupo empresarial norteamericano originalmente dedicado a la construcción; y por Cosapi S.A., una compañía constructora peruana, ganó la licitación de la concesión otorgada por el Estado Peruano para la construcción, operación y transferencia (“BOT”) del Aeropuerto Internacional "Jorge Chávez" (AIJCh) en la provincia constitucional del Callao, Lima, Perú.

Lima Airport Partners SRL. (LAP), que es la compañía concesionaria formada por el consorcio para cumplir con los requisitos del contrato de concesión, empezó a operar el AIJCh el 14 de febrero de 2001. El Estado peruano ha o
torgado a LAP una concesión por 30 años para la operación y expansión del AIJCh.

 

Sin
responsabilidad alguna en el tema de COMPETENCIA DESLEAL EN LA AVIACIÓN  NACIONAL.

EL USUARIO:

Artículo No.38 DE LA CONSTITUCION PERUANA

Todos los peruanos tenemos el deber de honrar al Perú, de proteger los
intereses nacionales,  así como de re
spetar, cumplir y defender la Constitución y el ordenamiento jurídico de la Nación.  


CONCLUSIONES:

Se podría llegar a concluir, por lo anteriormente expuesto, que la competencia desleal por  par
te del Estado, no sucede por falta de normativas, sino por el incumplimiento de las mismas, estando previsto que no suceda,  son entonces las autoridades de las FFAA y PNP los responsables  de irregularidades, estos aprovechando el escenario en que suceden podrían estar sorprendiendo a las autoridades aeronautitas o peor aun, ejerciendo presión política sobre las mismas, ya que los beneficios de esta mala praxis,  favorecen los intereses económicos personales mas que institucionales, el usuario que es un funcionario de la empresa o empresas demandantes del servicio, se beneficia por el diferencial de costos que es manejado directamente, siendo entonces los perjudicados los empresarios que confiaron en el Perú, que no solo afrontan el antes descrito problema sino también, poderosos contrincantes comerciales , que sin escrúpulos utilizan medios ilícitos para tumbar empresas nacionales, con la complicidad de malos peruanos, que  por muchos factores venden su patria por unos reales, y el mas perjudicado: “EL CONTRIBUYENTE” por que es de su bolsillo que salen los dineros que pagan y corrompen.

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