Tuesday, March 1, 2011

[RED DEMOCRATICA] NOTICIAS : Ocma suspende a Juezas que se parcializaron en proceso de los Sanchez Alayo [3 Attachments]

 
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Por medio de la presente les hacemos llegar las notas informativas de los diarios La República y El Comercio sobre la Suspension de las Jueces que se parcializaron en un proceso referido a la administracion de la mina San Simón por los Sanchez Alayo. Asimismo les enviamos un informe preparado por Projusticia sobre este tema

 

Atentamente

 


CESAR FERNANDO O´PHELAN PEREZ

PRO JUSTICIA.

 

LA REPÚBLICA

 

SUSPENDEN A DOS JUEZAS POR LOS SÁNCHEZ ALAYO

 

caratula_final

 

OCMA. Se parcializaron en juicio por la mina San Simón. Su cambiante proceder terminó con el tiroteo producido cerca de la Corte de Ica el 2 de febrero.

 

La Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) suspendió en sus funciones a las juezas civiles de Ica Norka Monzón Cárdenas y Fabiola Orteaga Saldaña, por supuesta parcialización a favor de  los hermanos Carlos Alberto y Simón Agapito Sánchez Alayo en el litigio que sostienen con su padre, Manuel Sánchez Paredes, por la posesión de la mina San Simón.

 

Una indagación preliminar de la OCMA determinó que la jueza Norka Monzón resolvió  con inusitada celeridad un pedido de los hermanos Sánchez Alayo para  cambiar al administrador de la mina, Gonzalo Oscar Alzamora Ruiz, que ella misma había nombrado meses antes.

 

Además, al revisar la computadora de su juzgado, se determinó que la jueza no  redactó la resolución que nombró a los Sánchez Alayo como administradores, sino que se escribió fuera de su despacho. El archivo aparece creado en su computadora el 22 de setiembre del 2010, cuando Norka Monzón se encontraba de licencia y de viaje en Estados Unidos.

 

Los mismos cargos de parcialización se observan, dice la resolución de la OCMA, firmada por el juez supremo Enrique Mendoza, en el proceder de la jueza Fabiola Ortega, quien reemplazó por un tiempo a Norka Monzón.

 

La actitud de ambas magistradas provocó el 2 de febrero último un tiroteo en las inmediaciones de la Corte Superior de Ica, entre los guardaespaldas de los Sánchez Alayo y los de Manuel Sánchez Paredes, lo que provocó tres muertos entre los agentes de seguridad.

 

Amistades

 

Consejo. La decisión de la OCMA será revisada por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, uno de cuyos integrantes tiene una relación con la jueza Norka Monzón.

 

EL COMERCIO

 

INVESTIGAN A JUEZAS QUE FALLARON A FAVOR DE LOS SÁNCHEZ ALAYO

 

  • OCMA tiene indicios sobre una presunta parcialización y califica de sospechosa su premura

 

Martes 01 de marzo de 2011 - 08:32 am

 

La Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) dispuso abrir proceso disciplinario a la jueza Norka Monzón Cárdenas, del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de Ica, por presumiblemente haberse parcializado con la familia Sánchez Alayo, quienes le disputan a su padre, Manuel Sánchez Paredes, el control de la mina de oro San Simón, ubicada en la provincia de Santiago de Chuco (La Libertad).

 

Según la OCMA, entre los cargos que motivaron abrirle proceso a Monzón Cárdenas se encuentra el haber dispuesto que cuatro de los hermanos Sánchez Alayo (Carlos Alberto, Agapito Simón, André y Lola Rosemary) asuman la administración judicial de la mina San Simón pese a que otro juzgado le había entregado la representación legal a Gonzalo Alzamora Ruiz, hombre de confianza de Manuel Sánchez Paredes, y "pese a que no cumplieron con acreditar con medios de pruebas idóneos esta condición". Dicha resolución judicial generó una controversia que tuvo su episodio más violento el jueves 3 de febrero, cuando agentes de seguridad de ambas partes se enfrentaron a balazos en el frontis de la Corte Superior de Ica. Dos de los agentes murieron por impacto de bala.

 

Llama la atención, además, según la OCMA, la inusitada celeridad con la que actuó la magistrada Monzón y que no haya quedado registro de la resolución en el sistema de cómputo de la Corte Superior de Ica.

 

La OCMA también dispuso abrir proceso administrativo disciplinario contra el secretario judicial José Hernández Medina, por "haber entregado indebidamente un exhorto en forma personal a los Sánchez Alayo, sin obrar mandato alguno".

 

A su vez, se abrió investigación a la jueza titular del Tercer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Ica, María Fabiola Ortega Saldaña, "por infringir sus deberes y dañar la honorabilidad de su cargo". Los tres investigados no podrán ejercer funciones en la judicatura mientras dure el proceso.

 

 

 

 

LIMPIANDO LA ARENA DE LAS DUNAS DE ICA

 

Informe PROJUSTICIA

 

Abstención de las Juezas Norka Monzón Cárdenas y Fabiola Ortega Saldaña

 

Hoy, el sol de Ica seguramente brillará con mayor fuerza de la acostumbrada, una vez que la población y sobre todo los usuarios del Poder Judicial se enteren que las inefables juezas Norka Monzón Cárdenas y María Fabiola Ortega Saldaña han sido suspendidas provisionalmente de sus cargos, debido a su deplorable actuación frente al caso Sánchez Alayo cuando estuvieron al frente del Tercer Juzgado Civil de dicho distrito judicial.

 

En verdad, no otra cosa podía hacerse frente a estas magistradas que hoy cargan tres muertos en sus espaldas, muertes que pudieron ser evitadas si no hubieran actuado de manera corrupta y malintencionada, buscando sacar ventaja de un conflicto familiar que estaba siempre a punto de estallar, como finalmente ocurrió.

 

En el caso de la jueza Monzón, la investigación llevada a cabo por la OCMA da cuenta de las irregularidades encontradas en la actuación de la jueza Monzón a favor de una de las partes –los hermanos Sánchez Alayo- frente a la otra; pero también da cuenta de otros hechos de fondo que merecerían una mayor investigación, como la relación sentimental que esta jueza mantiene con un "juez supremo" innombrado –a pesar de que todo el mundo judicial sabe que se refieren al vocal supremo Robinson Gonzáles- exclusión sospechosa si consideramos que éste tendrá en sus manos (como miembro del  Consejo Ejecutivo del Poder Judicial) la potestad de solicitar o no su destitución final al CNM.

 

En este marco, se hace necesario conocer mejor los pormenores de este caso a fin que, desde la sociedad civil, se haga el esfuerzo necesario para evitar que este tipo de vínculos mantenga la impunidad y arbitrariedad con la que actúan ciertos jueces, bajo la aparente protección que se les puede brindar desde las esferas más altas del Poder Judicial.

 

El conflicto familiar

 

Hasta el año 2008, la familia Sánchez Alayo –conformada por el padre, Segundo Manuel Sánchez Paredes, y sus hijos Fidel Ernesto, Miguel Angel, Simón Agapito, Lola Rosmery, Manuel Andrés y Carlos Alberto- vivía en aparente armonía familiar gracias a los ingresos que les brindaba minera San Simón, empresa productora de oro considerada entre las más rentables del país, con ingresos a los 40 millones de dólares anuales. Sin embargo, esta felicidad se acabó una vez que la Policía Nacional inició su investigación sobre lavado de activos contra esta familia.

 

Como señala el diario La República, el detonante de ello fue la falta de transparencia sobre la realidad de los ingresos familiares, información que al parecer solo era manejada por el padre y sus hijos mayores Fidel y Miguel Angel Sánchez Alayo, quienes eran los verdaderos administradores de la empresa. Los otros hermanos, a pesar de tener la calidad de directores y accionistas, poco o nada tenían que ver con el manejo de fondos, por lo que, al verse involucrados en la investigación policial, decidieron exigirle a su padre una rendición de cuentas, a lo que Manuel Sánchez Paredes se habría opuesto de manera destemplada, mandando a rodar a sus hijos y cortándoles todo apoyo económico.

 

En este marco, y tal como precisa la investigación de la OCMA, el 5 de mayo del 2010, el señor Gonzalo Lizardo Oscar Alzamora Ruiz, presentándose como trabajador y en representación de los trabajadores y empleados de Compañía Minera San Simón S.A., va a demandar ante el Tercer Juzgado Civil de Ica –entonces a cargo de la jueza Monzón- a Segundo Manuel Sánchez Paredes, Fidel Ernesto Sánchez Alayo, Miguel Angel Sánchez Alayo y Diego Martínez Bertie (Exp. 722-2010-083), aduciendo que la investigación por lavado de activos podía afectar el desarrollo de la mina y los ingresos de sus 600 trabajadores, solicitando por ello la remoción de directores y gerente general y su nombramiento como administrador general de la empresa.

 

Sin embargo, tal como se descubrió posteriormente, la acción presentada por Alzamora Ruiz no era gratuita ni de buena fe; en realidad, Alzamora era un hombre de confianza de Manuel Sánchez Paredes, quien buscaba a través de aquel mantener el control de la empresa ante cualquier eventualidad pero también para evitar que sus hijos pudieran acceder a mayor información sobre sus ingresos.  Increíblemente, a pesar de que minera San Simón se encuentra en la jurisdicción de La Libertad, esta acción fue aceptada gracias a que Alzamora adujo tener su domicilio legal en la calle Cutervo No. 118 de la ciudad de Ica, dirección en la que en realidad no funcionaba ninguna oficina o vivienda sino una peluquería.

 

El conflicto judicial

 

Adicionalmente a su primera acción, el 7 de mayo Alzamora Ruiz solicitó a la jueza Monzón la aplicación de una medida cautelar (No. 722-2010-83) solicitando la conversión de la gerencia general en administración judicial y la conversión del Directorio de la empresa –conformado por los hermanos Sánchez Alayo- en órgano veedor, quitándole de esta manera cualquier facultad contralora. Esta solicitud será declarada fundada el 13 de mayo del 2010, mediante resolución número 1, otorgándole a Alzamora la administración judicial de Minera San Simón, lo que se ejecutó a partir de 1° de setiembre del 2010.

 

Sin embargo, el 11 de octubre del 2010, la jueza Monzón dicta una nueva resolución que va a implicar un giro de 360 grados frente a su decisión inicial, variando la medida cautelar y nombrando como nuevo administrador judicial a un órgano colegiado denominado "Comité Integrado" conformado por los hermanos Sánchez Alayo excluidos hasta entonces: Simón Agapito, Lola Rosmery, Manuel Andrés y Carlos Alberto. Será esta decisión la que es motivo inicial de queja ante la ODECMA de Ica y luego ante la OCMA, presentada por los abogados de Alzamora Ruiz contra la jueza Norka Monzón y el secretario judicial José Hernández Medina, debido a la evidente irregularidad que ella mostraba.

 

Los resultados finales de la investigación llevada a cabo por la OCMA –la cual incluyó la revisión del disco duro de la computadora de la magistrada y la recepción de los descargos de los imputados- van a confirmar buena parte de las imputaciones hechas contra la jueza Monzón, muchas de gravedad: i) primero, el que la resolución a favor de los Sánchez Alayo no fue redactada en el despacho sino que habría sido digitada desde fuera; ii) segundo, que no se cumplió con notificar oportunamente a Alzamora Ruiz de la variación de la medida cautelar, a pesar de ser el único titular de esta acción; iii) haber incorporado a los hermanos Sánchez Alayo como terceros afectados, a pesar de no haber acreditado con medios idóneos su legitimidad para obrar; iv) haber variado la fecha de expedición de la resolución, ya que la misma fue expedida en realidad el 12 y no el 11 de octubre del 2010, y v) haber dispuesto la entrega de la resolución de manera personal al tramitador de la parte demandante y no a través de los mecanismos establecidos para ello.

 

Con respecto al punto iii), cabe señalar que la investigación señala que, al momento de presentar su demanda de variación, los hermanos Simón y Carlos Alberto Sánchez Alayo habían sido formalmente despedidos de la empresa San Simón con fecha 28 de setiembre del 2010, por lo que no contaban con la calidad de trabajadores; a pesar de ello, la jueza aceptó que se incorporaran como litisconsortes activos e incluso les otorgó la administración judicial.

 

Sin embargo, la investigación desecha también algunos cargos que, a nuestro entender, deberían ser objeto de mayor investigación. Uno de ellos es el viaje realizado por la jueza Monzón a los Estados Unidos de América entre el 19 y el 26 de setiembre del 2010, cuyo costo fue de unos 5000 dólares americanos y que fue considerado "no relevante" por haberse llevado a cabo antes de la presentación de la demanda de variación; no obstante, la jueza no señala de dónde sacó los fondos para dicho viaje. Otro punto es la relación sentimental que tendría con un "vocal supremo", el que extrañamente no es nombrado expresamente en la investigación. Esta relación es considerada también "no relevante" para el caso en mención aduciendo que "este magistrado supremo no es parte procesal en el mismo"; pero tal como señalamos arriba, el que este "magistrado supremo" sea parte del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, una de cuyas funciones es decidir finalmente si la jueza Monzón puede ser destituida, no puede llevar a que esta "relación sentimental" sea dejada de lado, más aún cuando ello es aceptado expresamente por la jueza y por la misma OCMA.

 

Con respecto al secretario judicial José Medina Hernández, la investigación solo confirma la imputación de haber entregado indebidamente el exhorto derivado del expediente 722-2010 en forma personal a los Sánchez Alayo, sin obrar mandato judicial alguno, violando con ello las normas reglamentarias vigentes. Por tanto, en ambos actores la OCMA encuentra mérito suficiente para aperturar un proceso administrativo disciplinario, imponiendo en el caso de la jueza Norka Monzón Cárdenas la medida cautelar de suspensión preventiva de su cargo.

 

Conclusiones

 

Como se sabe ahora, la decisión de la jueza Monzón de entregar la administración judicial a los hermanos Sánchez Alayo significó un escalamiento en el conflicto dentro de este grupo familiar, lo que llevó posteriormente a una nueva variación de la medida –dictada entonces por la jueza titular del Tercer Juzgado Civil de Ica, Fabiola Ortega Saldaña, la que también ha sido suspendida provisionalmente por dicha decisión- a favor de Alzamora Ruiz, y con ello al enfrentamiento personal entre ambas partes, culminando con la muerte innecesaria de tres personas.

 

Lo cierto es que todo este caso muestra una serie de irregularidades que merecen una exhaustiva investigación, en la cual ninguno de los hilos puede ser dejado de lado, ya que pueden llevar a nuevos hechos oscuros. El caso no involucra, como hemos visto, a una empresa cualquiera o a partes comunes y corrientes: estamos hablando de una de las principales minas auríferas del país, y de un grupo familiar que viene siendo investigado por lavado de activos provenientes del narcotráfico. Ello se agrava más aún si consideramos que el proceso parece tener la intención de ocultar información que puede esconder otros delitos.

 

Por otro lado, cabe señalar que ambas juezas, Ortega y Monzón, han estado involucradas en otros casos de corrupción que llevaron incluso a su separación del Poder Judicial en años anteriores, volviendo sin embargo al ejercicio judicial de manera sorpresiva. Esperamos, sin embargo, que esta vez no ocurra lo mismo. Para ello, tanto la OCMA como las principales autoridades del Poder Judicial deben tomar conciencia de lo que involucra este caso y mantener mano firme contra aquellos jueces que venden su conciencia y dignidad por unos miles de dólares, porque la justicia verdadera no se cotiza en la bolsa de valores.

 


 

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