Tuesday, December 16, 2014

[RED DEMOCRATICA] FW: ¿Se Están Preparado para la Acción Ejecutiva del Presidente Obama?

 




From: nysfhcc@gmail.com
Date: Tue, 16 Dec 2014 11:08:58 -0500
Subject: ¿Se Están Preparado para la Acción Ejecutiva del Presidente Obama?
To: NYSFHCC@gmail.com


I prepared the e-pamphlet below for Spanish-speaking immigrants interested
in applying for President Obama's Executive Action Program.
Alfred

¿Se Están Preparando para la Acción Ejecutiva del Presidente Obama?

 


El 20 de noviembre de 2014, el Presidente anunció
​ un
a serie de acciones ejecutivas para tomar medidas enérgicas sobre la inmigración ilegal en la frontera; darle prioridad a deportar
​ ​
criminales, no a las familias; y requerir que ciertos inmigrantes sin documentos legales aprueben una verificación de antecedentes penales y paguen impuestos para poder mantenerse en los Estados Unidos sin miedo a ser deportados.

Tienes que cumplir con requisitos estrictos para calificar para recibir una suspensión de la deportación

Los inmigrantes elegibles tendrán la oportunidad de pedir la suspensión provisional de la deportación si se presentan y pasan verificaciones de antecedentes de seguridad y pagan un cargo. También tendrán derecho a un permiso de trabajo y deben comenzar a pagar su parte justa de impuestos. Para calificar, las personas deben demostrar que son:

Un padre/madre de un ciudadano de Estados Unidos o un residente legal permanente a la fecha del anuncio (sin importar la edad del hijo), han vivido en Estados Unidos por lo menos cinco años (en o antes de enero 1 de 2010), no son prioridades del orden público y no presentan ningún otro factor que haría que una concesión de acción diferida sea inapropiada 

Una persona que ha llegado a Estados Unidos antes de cumplir 16 años de edad y que continuamente ha estado presente al menos cinco años (en o antes de enero 1 de 2010), independientemente de la edad actual, y sin presentar ningún otro factor que haría que una concesión de acción diferida sea inapropiada.

¿Cuándo comenzará USCIS a aceptar solicitudes 

relacionadas con estas iniciativas ejecutivas?

Aunque USCIS no está aceptando solicitudes en este momento, las personas que crean que pueden ser elegibles a una o más de las nuevas iniciativas pueden comenzar a prepararse desde ahora recopilando

​ ​
documentación que establece factores tales como:


Identidad

Relación con un ciudadano estadounidense o residente permanente legal de  Estados Unidos

Residencia continua en los Estados Unidos durante los últimos cinco años o más.

¿Qué se puede hacer por ahora?
¡Ahora es el tiempo para preparase!


Deben de reunir todos los documentos que sirvan para probar presencia continuada en Estados Unidos desde antes y después de  Enero 1, 2010, tales como:


Lista de Documentos

Certificado del nacimiento de los hijos en Estados Unidos

Pasaporte Vigente y pasaportes antiguos para entrar al país

Formulario I-94 o I-94W

Copias de solicitudes y avisos del INS o USCIS o de la Corte

Certificado de nacimiento de los hijos en Estados Unidos

Certificado de matrimonio o divorcio

Declaraciones de impuestos y / o W-2 o 1099 del IRS

Su tarjeta ITIN otorgado por el  IRS

Récords médicos suyos y de sus hijos

Record y talonarios de empleo

Contratos de alquiler de vivienda

Recibos de pago de renta, luz, gas, telefono, cable, etcétera

Expedientes escolares suyo y de sus hijos

Resguardos de haber girado dinero a otro país

Extractos bancarios

Pólizas de seguros

Otros recibos fechados que llevan su nombre

Registros religiosos tales como el bautismo, etcétera

¿Quien no califica para acción ejecutiva?

Los indocumentados que ingresaron por primera vez al país después del 1 de enero de 2010. Ellos porque no podrán demostrar el

​ 
requisito de los cinco años de permanencia ininterrumpida en Estados Unidos. Tampoco califican aquellos que tengan más de cinco años de permanencia en el país pero no tengan hijos ciudadanos o residentes legales permanentes. Tampoco quienes hayan violado ciertas leyes. La USCIS hará una cuidadosa
​ ​
verificación de antecedentes criminales antes de otorgar el beneficio de la protección de la deportación y el permiso de trabajo.



MUY IMPORTANTE!

Los que tiene antecedentes criminales deben de consultar con un

​ ​
abogado antes de aplicar. 

Deben de
​ ​
obtener un certificado de disposición para todos su arrestos.




Oficina del Abogado Alfredo Placeres 

East Harlem - El Barrio

217 East 116th Street

(Entre la 2da y 3ra Avenida)

New York, N.Y. 10029

212-316-2373 Abogadoplaceres@gmail.com  

Accionobama.org


El Abogado Placeres es el autor de libro "Como Conseguir Sus Papeles" y el ex presidente del Comite de Inmigración del

​Colegio
 
Nacional de Abogados Hispanos y Colaborador del programa "La Ley y Usted" en Radio WADO.

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Posted by: Roberto Bustamante <rbustamante02@hotmail.com>
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