Por medio de la presente les hacemos llegar nuestra aclaración y la publicación de la carta con el resumen de la investigación de la Ocma contra el Magistrado de la Sala Comercial de la Corte de Justicia de Lima Dr. Martin Hurtado Reyes, quien se encuentra en calidad de "INVESTIGADO" y no denunciado ni sancionado como anticipamos en Correos Anteriores, ponemos a su conocimiento y para los fines pertinentes
Atentamente
FERNANDO O´PHELAN PEREZ
PRO JUSTICIA.
PRO JUSTICIA.
Resumen de la investigación OCMA:
I. HECHOS:
- El día 01 de agosto de 2012, en horas de la mañana recibí la llamada a mi anexo del Dr. Ramos Lorenzo, Juez Superior con quien compartimos labores en la Segunda Sala Contenciosa Administrativa el año 2010, pidiéndome que atienda a un familiar que tenía un problema en la sede de los Juzgados y Salas Comerciales, sin precisar el mismo (menciona el Dr. Ramos Lorenzo que llamó al Juez Superior Coordinador de la Sed, pero que no se encontraba laborando en la fecha indicada, por lo cual, me hizo la llamada).
- Ese mismo día recibí en mi oficina (3er. Piso) en horario de atención al público, a la persona indicada y me explicó que tenía un problema en mesa de partes de los Juzgados y Salas Comerciales, ya que un expediente en el que era parte, que venía del archivo de la sede de Alzamora, no era ingresado por el personal de la misma, presumiendo el visitante de un acto irregular y/o dilatorio en el trámite de su proceso.
- Siendo este un tema, estrictamente administrativo y resultando atendible la situación, llame por teléfono al encargado de la mesa de partes y le pedí gentilmente que en cumplimiento de sus funciones, atienda al visitante y que en la medida de lo posible trate de solucionar su problema en aras de brindar un mejor servicio al usuario, a lo cual este servidor, aceptó atender al litigante.
II. CARGOS:
Los cargos formulados por la Jefatura de OCMA en la Resolución de fecha 03 de octubre de 2012:
1. Se reunió con un litigante y su abogado
2. Valerse del cargo
3. Interferir en funciones del Jefe de Mesa de Partes
4. Pretendía que expediente se ingrese con celeridad inusual
5. Exp. no correspondía al órgano jurisdiccional donde desempeña funciones
6. No respetaba el orden de llega de los demás expedientes
7. Favorecer a un litigante como su abogado, tratando de obtener un trato manifiestamente favorable en la tramitación del expediente
8. Contradicciones porque Jefe de Mesa de Parte si se constituyó al Despacho
El procedimiento administrativo disciplinario en mi contra (aunque hay otros investigados por otros hechos) se encuentra en trámite, recién se abrió investigación, no hay pronunciamiento para pedir sanción ni se impuso sanción. La investigación para determinar responsabilidad disciplinaria recién empieza.
III. POSICION DEL INVESTIGADO:
- En primer lugar, atendí a un litigante con un problema en la mesa de partes de la sede de los Juzgados y Salas Comerciales, quien vino con otra persona, desconociendo que era su abogado, ni que tenía tal condición. A estas personas no las conozco ni las vi antes. Por lo que no se puede afirmar que me "reuní" con un litigante y abogado, sino que fueron a mi oficina para buscar solución a un trámite administrativo en la mesa de partes.
- Mi actuación fue desinteresada, con la voluntad de la búsqueda de solucionar el problema que aquejaba a un litigante, no llame ni visite a un magistrado para que este emita una decisión o favorezca a alguna parte o abogado, sino que se llamó a la mesa de partes solo para que atiendan el problema del litigante, no para que le den atención preferente, e incluso así lo ratifica el jefe de mesa de partes al hacer su declaración en la investigación preliminar.
- Por lo cual, no se puede calificar mi conducta como irregular o pasible de una sanción administrativa, menos que se haya presentado un acto de corrupción, ya que mi actuación tenía una finalidad específica y concreta, que se atienda al litigante por el jefe de mesa de partes, no apreciándose ni deduciendo de ello, que me haya valido del cargo, porque no le hice ningún pedido como Juez Superior con respecto al citado expediente; asimismo no realice ninguna actividad para permitir que se quiebre el orden en el ingreso de expedientes o escritos, nunca lo sugerí ni lo solicité; todo lo cual, descarta que se le haya querido imprimir celeridad inusual al tratamiento del citado expediente en mesa de partes.
- Debe tenerse en cuenta que la prohibición para reunirse con las partes y sus abogados, es aplicable en estricto cuando se promueve voluntariamente este tipo de reuniones con partes y abogados de expedientes que se encuentran a cargo del magistrado; lo que no ha sucedido objetivamente en este caso, porque el expediente estaba en Mesa de Partes no a cargo de un juez en particular, asimismo el citado expediente, sería ingresado a un Juzgado que sería elegido aleatoriamente por el sistema, no por el funcionario de mesa de partes, por lo cual, se desconocía a qué Juzgado sería enviado.
- Conforme a la información obtenida del proceso judicial en ciernes, se trataba de un expediente concluido y archivado (iniciado el año 2003), no había un proceso en trámite, ni siquiera en etapa de ejecución. No hubo proceso judicial en trámite, ni confrontación entre las partes del proceso, no hay conflicto, el mismo ya acabó; por lo que, no es posible calificar mi conducta como un acto que haya buscado generar un favorecimiento a una de las partes ni a sus abogados en desmedro de la otra, ni se puede calificar como un acto que buscaba un trato favorable a los mismos.
- En la investigación preliminar OCMA se sostiene que hay contradicciones en mi declaración, porque el jefe de mesa de partes sostiene que fue a mi oficina para atender mi llamada y por mi parte señalé que lo llamé solamente, sin embargo, en el acta de declaración sostuve que no recordaba con precisión este hecho (por el tiempo transcurrido) y que me sometía a lo que aparezca en el video de las cámaras de seguridad de la Sede de los Juzgados y Salas Comerciales, lo cual efectivamente ha sucedido, sin que esto imprima de irregular mi conducta, mas todo lo contrario, en todo momento he colaborado con las investigaciones y admitido haber atendido a un usuario con un problema administrativo en la mesa de partes de la Sala Comercial, hecho que no es ajeno ni contraria a la función que ejerzo, toda vez que, ante el conocimiento de un probable hecho irregular, como es el retardo en el trámite de expedientes en la Mesa de Partes, se debía, por lo menos, adoptar alguna decisión administrativa, considerando en todo momento que, la omisión podría acarrear responsabilidad administrativa.
- En conclusión, en mi opinión no existiría irregularidad alguna que tenga relación con mi actividad jurisdiccional, mi conducta se relacionó con un mero trámite administrativo en mesa de partes de los Juzgados y Salas Comerciales.
IV. OTROS DATOS A TOMAR EN CUENTA:
- Soy un magistrado con una trayectoria intachable en el PJ desde el año 2003, actualmente sin ninguna investigación en mi contra en OCMA ni ODECMA-Lima (salvo la que nos ocupa).
- No he recibido ninguna medida disciplinaria por el Sistema de Control del Poder Judicial durante el desarrollo de mis funciones como magistrado.
- Nunca se presentó en mi contra, queja de parte o se abrió investigación de oficio por el órgano de control, por actos de corrupción.
- Fui integrante de la OCMA durante los años 2008 a 2010, en la gestión de la Dr. Elcira Vásquez.
- En el año 2012 fui ratificado por el CNM por unanimidad, para lo cual emitió una resolución en la que destaca todos los méritos necesarios para ejercer esta digna labor de magistrado, jurisdiccional y académica.
- Soy docente universitario desde el año 2000, con grado de doctor en derecho y grado en dos maestrías, autor de diversos libros (seis libros) y artículos en revistas especializadas (Gaceta Jurídica), habiendo ganado el año 2012 el primer puesto en ensayos jurídicos de la AMAG en el que participan magistrados del PJ y del Ministerio Público a nivel nacional. Becado en el año 2010 a la Escuela Judicial del Poder Judicial de España. Conferencista en diversos eventos nacionales e internacionales.
- He recibido resultados favorables de los Colegios de Abogados en los lugares que ejercí la función jurisdiccional.
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