Wednesday, February 22, 2012

[RED DEMOCRATICA] INFORM.: ProJusticia: Secretos Revelados justicias ocultas. El Caso DINTEMAR

 


Por medio de la presente les hacemos llegar el presente informe de proJusticia, denominado: Secretos Revelados, Justicias ocultas. El caso Dintemar, relacionado a la venta de informaciòn secreta por miembros de La Marina del Perù a empresas privadas. Su denuncia a traves de la prensa y los encausados injustamente por el destape de este acto de Corrupciòn
 
Atentamente

FERNANDO O´PHELAN PEREZ
PRO JUSTICIA.
 
 
 

SECRETOS REVELADOS, JUSTICIAS OCULTAS:

EL CASO DINTEMAR

 

INFORME PROJUSTICIA

La información pertenece a los ciudadanos. La información no es propiedad del Estado

y el acceso a ella no se debe a la gracia o favor del gobierno; éste tiene la información

sólo en cuanto representante de los ciudadanos

 

Principios de Lima (2000)

 

Desde su creación, una de las preocupaciones principales de PROJUSTICIA ha sido empoderar a la sociedad civil frente a un Estado que suele actuar de manera opaca, poco transparente, casi secreta, con la finalidad de que ello no conduzca a situaciones de injusticia y abuso de los derechos ciudadanos. Y si bien nuestro campo de acción ha estado centrado principalmente en la administración de justicia –como ente encargado, precisamente, de proteger a las personas frente a los posibles abusos del Estado y de terceros- esta filosofía la hemos buscado aplicar en otros ámbitos en los que hemos intervenido, incluso en campos tan sensibles como el de la inteligencia y la seguridad nacional.

Hoy, sin embargo, esta filosofía –que a nuestro entender es clave para la supervivencia de cualquier sociedad democrática- ha llevado a que nuestro actual Presidente Ejecutivo, FERNANDO O´PHELAN PEREZ, se vea enfrentado a una acusación sin mayor fundamento, solo por el hecho de que un periodista no cumplió con una de las reglas básicas de su profesión: la protección y confidencialidad de sus fuentes. El presente informe busca dar cuenta de los diversos acontecimientos que han llevado a dicha acusación, buscando mantener en ello toda la objetividad posible, pero dejando en claro también que nuestro objetivo es mostrar cómo, detrás de dicha acusación, existe un evidente interés de venganza política ante quien tuvo la valentía de denunciar una red de corrupción que afectaba la seguridad del Estado.

 

REVELANDO LA NOTICIA

El jueves 26 de abril del 2007, el programa "La Ventana Indiscreta" –conducido entonces por la periodista CECILIA VALENZUELA- hizo pública una noticia que, como sabemos hoy, fue apenas el hilo de una enorme madeja de corrupción y tráfico de información que estuvo corroyendo gravemente el sistema de inteligencia nacional durante muchos años. La nota daba cuenta de la existencia de un presunto "tráfico" de información clasificada de inteligencia de la Marina de Guerra del Perú hacia empresas privadas de seguridad, a través de oficiales que eran contratados como "consultores" de las mismas.

De manera específica, la denuncia sindicaba al Capitán de Corbeta CARLOS BARBA DAZA como el presunto responsable de entregar información clasificada a las empresas de seguridad GRUPO ATENEA CONSULTORES ASOCIADOS S.A.C. y ANDRICK SERVICE, con quienes habría trabajado sin informar o solicitar permiso a su comando. Como prueba de ello, la nota mostraba proyecciones computarizadas y/o proyecciones satelitales que contenían ubicaciones de altos mandos senderistas y narcotraficantes en las zonas de los Valles del Río Apurímac y Ene (VRAE), como Satipo, Mazamari y Pangoa, incluyendo fechas en las que se relevaban las columnas senderistas y los horarios de salida de los cargamentos de droga que eran protegidos por el camarada "Alipio" y otros, información que habría sido vendida además a sus clientes particulares, como REPSOL YPF.

Posteriormente, otros medios publicaron o emitieron notas que profundizaban en la denuncia –como el programa "Cuarto Poder" y el diario La República-, mostrando que la información no había sido entregada a un solo periodista sino a diversos medios, aunque sin tener en claro –hasta entonces- si todo había provenido de una misma fuente. Lo cierto es que la campaña tuvo un impacto inmediato, generando diversos pronunciamientos por parte de la Marina de Guerra y de altas autoridades del gobierno aprista, así como la conformación de una Comisión de Investigación interna en las Fuerzas Armadas y de una Comisión Especial de Investigación de la Comisión de Inteligencia del Congreso de la República, presidida por el aún congresista JOSE ANTONIO URQUIZO.

Lo que pocos sabían, sin embargo, era que la mayor parte de los informes propalados eran el resultado de casi dos meses de análisis y evaluación de un paquete de correos y documentos entregado por una fuente reservada en marzo de ese año. Muchos de los medios que participaron de la campaña –especialmente los que contaban con equipos de investigación serios- tuvieron tiempo entonces de verificar la verosimilitud del material entregado, a pesar de que, luego, el peritaje judicial de los correos mostrara que parte de ellos había sido manipulado. Asimismo, pocos sabían que el material propalado era apenas cerca del 20% de la información entregada, información que podía comprometer a un número mayor de personas. Por ello, no sorprendió que –apenas conocida la denuncia- la Marina de Guerra del Perú iniciara fuertes presiones para saber cuánta información se había filtrado hacia la prensa, pero sobre todo para saber quién había entregado dicha información a los medios; en otras palabras, quién era el traidor a su institución.

 

REVELANDO LA FUENTE

 El 17 de junio del 2007 –esto es, a menos de dos meses de la primera denuncia- el periodista Ángel Páez publicó una nota en el diario La República que develó el misterio que se había mantenido hasta entonces bajo siete llaves: la persona que había hecho llegar a los medios la documentación sobre la fuga y tráfico de información clasificada de la DINTEMAR había sido FERNANDO O´PHELAN, Presidente Ejecutivo de PROJUSTICIA, quien a inicios de marzo del 2007 recibió dicha información mediante un sobre cerrado de una fuente anónima.

La revelación de Páez, sin embargo, no era gratuita, sino que tenía la intención clara de apoyar a ciertos oficiales involucrados en la investigación. Así, en su nota denunciaba expresamente que O´Phelan no había entregado la información a los medios para "destapar" la red de corrupción naval, sino que su propósito "real" fue bloquear la investigación interna que el entonces Director de Inteligencia de la DINTEMAR, Contralmirante AP LUIS CHUMBIAUCA, había iniciado junto con el Jefe de Operaciones Especiales, Capitán de Corbeta AP CARLOS BARBA DAZA, para dar con la fuga de información, encargando al primero aplicar pruebas poligráficas –esto es, un detector de mentiras- a diversos efectivos navales bajo la sospecha de que alquilaban equipos de rastreo electrónico y vendían información reservada a empresas de seguridad.

De acuerdo a Páez, la divulgación del material "preparado" permitió frustrar esta investigación, llevando a que sus propulsores fueran separados de la institución castrense mientras los "verdaderos" responsables de la venta de información permanecieron en sus puestos. Adicionalmente, el informe sugería que el verdadero cerebro de dicha operación había sido el ex Capitán de Navío AP WILSON GOMEZ BARRIOS RINCON, Presidente de la empresa de seguridad FORZA S.A., arguyendo entonces que el motivo de fondo de todo lo ocurrido era desprestigiar a las empresas de la competencia y mantener sus fuentes de información interna sin mayor control[1].

La tesis presentada por Páez, sin embargo, no tiene mayor sustento. Como señalamos arriba, entre el momento en que O´Phelan hace entrega de la información a la prensa y la emisión de los informes transcurrieron cerca de dos meses, lo que hace difícil pensar que se quiera bloquear una investigación urgente en un lapso tan largo de tiempo. De otro lado, tanto O´Phelan como los periodistas involucrados han señalado expresamente que el primero no tuvo ningún tipo de injerencia en la preparación de los informes finalmente emitidos, cuyo contenido fue decidido por los directivos o encargados de los respectivos medios. En tercer lugar, los periodistas tuvieron suficiente tiempo para analizar si la información entregada era verdadera o falsa, por lo que la responsabilidad final acerca de las afirmaciones que se vertieron en cada informe corresponde a éstos y no a O´Phelan. Finalmente, es difícil pensar que periodistas tan serios como Cecilia Valenzuela o Rosa María Palacios se presten a participar en una conspiración contra la Marina de Guerra monitoreada por una empresa de seguridad.

En realidad, la posición de Páez respecto a este caso es preocupante en materia de ética periodística, ya que ella muestra cierta discriminación entre lo que sería una fuente "digna" y una fuente "indigna" de información, siendo esta última no merecedora de protección. Sin embargo, como la sabe cualquier periodista, muchas veces la información que se les hace llegar encierra intereses particulares e incluso hasta venganzas personales, sin que ello signifique que el periodista asuma dichos intereses al momento de emitir dicha información, ya que lo que interesa principalmente es el interés público que la misma pueda contener y la imparcialidad con que se emita el respectivo informe.

Paradójicamente, el Informe Final de la Comisión Investigadora del Congreso sobre la Fuga de Información en la Marina de Guerra y otros componentes del SINA hacia Empresas Privadas de Seguridad y Otros –la que, según Páez, descubre toda esa conspiración-  se encarga de dar el puntillazo final a la tesis de dicho periodista. El informe concluye que tanto el Contralmirante AP LUIS CHUMBIAUCA MUÑANTE (Director de Inteligencia de la DINTEMAR), el Capitán de Navío AP LUIS MARTINEZ ENRIQUEZ (Jefe del Departamento de Contrainteligencia de la DINTEMAR), el Coronel ALEJANDRO ENRIQUE TELLO ALVAREZ (Jefe del Departamento de Contrainteligencia de la DINTE), el Capitán de Navío AP GINO REA RIOS y el General de Brigada EP JOSE UGAZ CABREJOS (Jefe y ex Jefe del Departamento de Contrainteligencia de la 2DA DIEMCFFAA, respectivamente) habían incurrido en responsabilidad funcional al no cumplir con sus obligaciones de controlar la información clasificada de la Marina de Guerra, permitiendo que ésta se filtrara con facilidad hacia el exterior poniendo en riesgo con ello la seguridad nacional.

Asimismo, el informe encuentra responsabilidad penal –en la presunta comisión del delito de infidencia- en el Capitán de Corbeta AP CARLOS BARBA DAZA y en el OM1 LUIS VASQUEZ MENESES, incluyendo también a los oficiales navales LUIS TENAZOA NARVAEZ Y GONZALO BRAVO-MEJIA MAY, así como a los ciudadanos JHON SOLORZANO SAMANEZ, NESTOR MOLINA TEJANA y EDDINSON BLAS CHAVEZ. Del otro lado, el Congreso señala que las empresas privadas involucradas no solo deben ser sancionadas administrativamente, sino que han incurrido en una clara responsabilidad penal por el presunto delito de revelación de secretos nacionales, incluyendo en ello al representante legal de Andrick Service, ERICK DEL AGUILA VILLAR y los principales directivos de Atenea Consultores Asociados, CESAR HINOJOSA QUIROZ y LUIS MEJIA BASURCO. Sin embargo, con respecto a la participación de FERNANDO O´PHELAN PEREZ, la Comisión solo concluye que la información publicada por los medios de prensa que EVIDENCIO la fuga de información del SINA, fue CANALIZADA por aquel, SIN SEÑALAR LA EXISTENCIA DE PRESUNTA RESPONSABILIDAD PENAL DE SU PARTE.

 

LA DENUNCIA FISCAL

Extrañamente, la denuncia fiscal presentada por la Fiscal Superior Titular SONIA CHAVEZ GIL el 28 de diciembre del 2011 recoge gran parte de las conclusiones del Informe del Congreso de la República, pero a diferencia de aquél va a imputarle a O´Phelan dos delitos: el de revelación de secretos nacionales y el de ENCUBRIMIENTO PERSONAL, este último por el solo hecho de negarse a revelar el nombre o datos de la fuente que le entregó la información.

La imputación fiscal, sin embargo, también se muestra débil y sin mayor sustento. En primer lugar, el art. 330º del Código Penal señala expresamente que el delito de revelación de secretos nacionales se produce cuando alguien "revela o hace accesible a un Estado extranjero, a sus agentes o al público secretos que el interés de la República exige guardarlos"; sin embargo, las acciones de O´Phelan no estuvieron dirigidas a revelar de manera pública algún secreto nacional, sino a la entrega del material que le fue confiado a equipos de investigación periodísticos serios para que evaluaran la información y, si lo consideraban pertinente, hacer la denuncia correspondiente en sus programas. Por tanto, los que hicieron pública la información fueron los medios de prensa y no O´Phelan.

No obstante, la fiscal considera en su acusación que O´Phelan actuó "de manera irresponsable" al entregar información reservada y clasificada de la Marina de Guerra a los medios de prensa, "obviando así los canales previstos en la Constitución del Estado y las leyes de nuestro país, en la creencia que con dicho accionar actuaba en contra de la corrupción, arrogándose una calidad que no le corresponde". La apreciación de la fiscal, sin embargo, tiene mucho de cuestionable. En primer lugar, habría que preguntarse quién es más irresponsable: ¿O´Phelan por entregar información sobre un hecho que afectaba la seguridad nacional? ¿Los medios que propalaron sus informes, sin evaluar debidamente si la información que emitían era cierta o podían afectar dicha seguridad? ¿O el señor Ángel Páez, por ir contra la ética periodística y revelar el nombre de una fuente poniendo en riesgo su vida?

En segundo lugar, ¿a qué se refiere la señora fiscal cuando habla de "canales previstos" para denunciar asuntos de seguridad nacional? La legislación vigente en materia de inteligencia habla de un "control democrático" sobre las acciones de este sector, control que sin embargo se limita a dos vías: el control legislativo y el control judicial. Como sabemos, sin embargo, ninguno de estos controles funcionaron durante el régimen fujimorista, cuando el SIN copó sin mayores problemas todo el aparato estatal. Por el contrario, ha sido el control ciudadano y mediático el que mejor ha funcionado para controlar el poder de este sistema, tanto con respecto a Montesinos como a los intentos posteriores de utilizar este sector para otros intereses, como ocurrió con el caso Almeida durante el gobierno de Toledo.

Más aún, es claro que la justicia no mide con la misma vara casos similares. ¿Acaso el Ministerio Público tomó alguna medida respecto a Fernando Rospigliosi, ex ministro del Interior, quién también entregó a los medios información sobre el caso BTR pero nunca dijo quién fue su fuente? La única diferencia aquí es que Rospigliosi tiene una "calidad" que le otorga una atribución especial, como es el ser periodista, mientras que O´Phelan es abogado. Sin embargo, ya en otros países –como Estados Unidos o Inglaterra- se viene discutiendo si la protección que las leyes suelen dar al periodismo en materia de reserva de fuentes puede ser aplicada también a otros grupos que trabajan con la información pública, como bloggers o reporteros ciudadanos, muchos de los cuales están siendo juzgados por el solo hecho de cumplir con la labor de un periodista sin tener estudios formales para ello.

Con respecto al delito de encubrimiento personal, el art. 404º del C.P. señala también de manera expresa que éste se produce cuando alguien "sustrae a una persona de la persecución penal o a la ejecución de una pena u otra medida ordenada por la justicia". En este caso, la fiscal tiene un error de apreciación, dado que el interés de O´Phelan al mantener oculto el nombre de su fuente no fue que se deje de hacer justicia –dado que todos los involucrados han sido, de una u otra manera, comprendidos en la indagación fiscal-, sino por el contrario que se pueda investigar y controlar de manera democrática al sistema de inteligencia sin poner en riesgo a terceras personas.

Precisamente, el principio de protección de las fuentes es considerado básico para garantizar la libertad de información, ya que de otra manera los medios tendrían limitaciones para acceder a información de interés público. Por ejemplo, los Principios de Lima, firmados en el 2000 por una serie de autoridades y representantes del Estado y del sector privado[2], señalan expresamente en su artículo 6 que "ningún periodista puede ser obligado por el poder judicial o cualquier otro funcionario o autoridad pública a revelar sus fuentes de información o el contenido de sus apuntes y archivos personales y profesionales". Más aún, el principio noveno se ajusta expresamente a este caso, al señalar que "cualquier persona o servidor público que divulgue información clasificada en las restricciones antedichas, no deberá ser sujeta a represalias si es que el interés público a estar informado prevalece sobre las consecuencias que pudiera ocasionar su divulgación. En tales casos, podrán acceder a un régimen especial de protección".

Por su parte, la propia Declaración Universal de Derechos Humanos señala en su art. 19º que la libertad de opinión y expresión que corresponde a toda persona –y no solo a un periodista- incluye el derecho "a no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas sin limitación de fronteras", principio que es recogido de manera similar por el art. 13º de la Convención Americana de Derechos Humanos. Asimismo, la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión, aprobada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en octubre del 2000, señala que el acceso a la información en poder del Estado es un derecho fundamental de los individuos –y no solo de los periodistas- el cual solo puede ser limitado por ley "para el caso que exista un peligro real e inminente que amenace la seguridad nacional en sociedades democráticas", agregando que "en ningún caso las leyes de privacidad no deben inhibir ni restringir la investigación y difusión de información de interés público".

A pesar de estos y otros instrumentos similares que van en el mismo tenor, la fiscal Ruiz ha preferido ceñirse al texto estricto de la ley y no ver más allá de lo ocurrido, a pesar de que ya una de las instituciones encargadas del control democrático del sistema de inteligencia deslindó a O´Phelan de cualquier responsabilidad sobre lo ocurrido. Lo peor es que, con esta denuncia, la fiscal está sentando un precedente nefasto, dado que ella implica que, a menos que una persona sea periodista, no tiene el derecho de garantizar la confidencialidad de sus fuentes de información, debiendo ir a la cárcel por ello.

 

CREANDO UN ANTECEDENTE NEFASTO

En resumen, la denuncia que hoy pesa sobre el Presidente Ejecutivo de ProJusticia, FERNANDO O´PHELAN, no hace sino reflejar la falta de un mayor debate y precisión acerca del alcance que debe tener el derecho y la libertad de información en nuestro país. Por un lado, su posición como fuente es revelada por un periodista sin mayor ética periodística, que considera que O´Phelan no merece protección ni confidencialidad por el solo hecho de mantener presuntos intereses particulares (no demostrados de manera fehaciente, además), subjetivizando un principio que no debería tener excepciones.

Por otro lado, el Ministerio Público presenta una denuncia en su contra que no tiene asidero en la investigación del Congreso de la República, y que se basa sobre todo en la apreciación subjetiva de la fiscal acerca de la "irresponsabilidad" de O´Phelan en la entrega de la información a los medios de comunicación. Con ello, la fiscal crea un precedente peligroso para la libertad de comunicación, ya que cualquier persona que quiera presentar un caso ante los medios de prensa puede ser acusada y llevada a la cárcel por no respetar "los canales establecidos", aún cuando el uso de estos canales solo pueda significar el archivamiento del caso y/o la protección de redes de corrupción.

Finalmente, el caso pone en evidencia también la necesidad de una mayor precisión acerca del principio de confidencialidad de las fuentes, más aún considerando que el manejo de información pública se viene ampliando en el país y no se limita solamente a los medios de prensa. ¿Qué hubiera ocurrido, por ejemplo, si el informe sobre la fuga de información en DINTEMAR hubiera sido colgado en la página web de ProJusticia –o en algún otro blog de noticias- en vez de ser entregada a un medio de prensa? ¿No es en realidad más responsable –a diferencia de lo que considera la fiscal- que dicha información haya sido entregada a dichos medios en vez de ser difundida abiertamente por la Internet?

En nuestra opinión, hoy nuestro Presidente Ejecutivo enfrenta la posibilidad de ir a la cárcel por poner en evidencia un hecho que estaba corroyendo al sistema de inteligencia y, con ello, la seguridad del Estado y de nuestra vida democrática; sin embargo, volteando la torta, el Ministerio Público parece echarle la culpa de lo ocurrido solo por entregar dicha información a la prensa y no querer revelar sus fuentes, como si ello no fuera parte de sus derechos como ciudadano. Gracias a ello, O´Phelan ha sido puesto en bandeja de plata en favor de los enemigos que tiene dentro del Poder Judicial, quienes solo esperaban esta oportunidad para vengar las muchas veces que éste ha denunciado la corrupción judicial. Las perspectivas no son las mejores, pero estamos seguros de que Fernando las afrontará como siempre lo ha hecho: con la cabeza erguida, parado sobre sus pies y apoyado por sus amigos.



[1] Posteriormente, en julio del 2009 Páez ha tratado de vincular este caso con el de "Business Track", a partir de las vinculaciones familiares entre Gómez Barrios y la asesora comercial de dicha empresa, GISELLE GIANOTTI GRADOS.

[2] Entre ellos el entonces Presidente del Consejo de la Prensa Peruana, Enrique Zileri Gibson; el representante de la Defensoría del Pueblo, Samuel Abad Yupanqui; e incluso el representante del Instituto de Defensa Legal, Hans Landolt, quienes hoy parecen olvidarse de este principio frente a la acusación que atraviesa el Presidente de ProJusticia.

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