La Republica
Contradicción.
Abogado de Chile admite que “triángulo externo” es altamar
Sábado, 08 de diciembre de 2012 | 4:30 AM
El abogado estadounidense David Colson se mostró contrario a que la Corte de La Haya le conceda jurisdicción y soberanía al Perú en esta zona de más de 28 mil kilómetros cuadrados, pero reconoció que Chile no tiene ningún reclamo sobre esta zona marítima.
Por: M. Elena Castillo
Enviada especial a La Haya
Si bien el equipo de abogados de Chile trató de derrumbar los argumentos del Perú con sus exposiciones, tuvo que reconocer que el vecino del sur no tiene injerencia en la zona del “triángulo externo”, que nuestro país reclama como parte de las 200 millas marinas.
El estadounidense David Colson admitió que Chile lo considera altamar.
“Que quede claro que esta zona que Chile conoce como altamar lo es desde siempre y lo será en el futuro a menos que esta Corte decida aceptar el segundo planteamiento del Perú para que pase a su dominio marítimo”, leyó durante el segundo día de las exposiciones del equipo chileno por el diferendo marítimo.
Agregó que Chile “no hace ningún reclamo de tipo jurisdiccional en altamar, de conformidad con la Convención del Derecho del Mar”.
Sin embargo, de forma contradictoria, Colson afirmó que en su opinión esta zona debe seguir siendo altamar porque Chile tiene derechos al encontrarse en una zona adyacente. Y con ese fin expuso una serie de ejemplos de fronteras marítimas en Latinoamérica, recalcando –para fortalecer su posición– que “ninguna es de equidistancia”.
no nos afectaron
Al finalizar las exposiciones de los seis abogados chilenos, el agente de Perú ante el tribunal de La Haya, Allan Wagner, concluyó que los juristas que defienden la causa chilena no afectaron nuestra posición expresada en días anteriores.
“Vemos que Chile ha hecho un intento muy esforzado por armar un cuadro de elementos incompletos e inconexos”, dijo al salir de la sala de audiencias en el tribunal internacional, en Holanda. “Los límites no se presumen, son tratados”, enfatizó.
Recalcó que, pese a sus intentos, Chile no ha demostrado que exista un tratado de límites, no ha desvirtuado que en el Punto Concordia deba iniciarse una futura delimitación marítima ni desbaratado los derechos del Perú sobre el denominado “triángulo exterior”.
Por el contrario, aseguró que no pudieron “demostrar que el punto 4 de la Declaración de Santiago –como afirma Chile– haya establecido un límite marítimo por el paralelo entre los dos países”.
sobre textos escolares
Una de las “pruebas” que presentó el equipo jurídico chileno consistió en un mapa publicado en el libro de Educación Primaria de Perú "Escuela Nueva", que, según dijo, señala los límites marítimos en base al paralelo y desde el Hito N°1.
Al mismo Colson le tocó presentarlo. “La evidencia cartográfica nos muestra la actitud de Perú sobre sus fronteras, y estos mapas publicados bajo el auspicio del gobierno peruano, especialmente este libro para educar a los niños peruanos, tienen valor probatorio”, aseguró.
El abogado del Estado peruano Rodman Bundy ya había aclarado este tema el martes último, durante el segundo día de exposiciones de Perú.
“No existe ni un único mapa oficial publicado por el gobierno de Perú en el que se haya representado una frontera marítima con Chile”, comentó. Adelantó que por ello el demandado presentaría mapas de textos escolares.
“Chile ha tenido que ahondar en fuentes secundarias como libros de textos escolares, publicaciones de entidades privadas, para hallar mapas donde se presente una frontera marítima”, manifestó. Un miembro del equipo peruano señaló, además, que los libros escolares no son tratados.
vanos intentos
Los abogados chilenos usaron las seis horas de sus alegatos para tratar de ratificar su argumento principal: que la Declaración de Santiago, de 1952, es un tratado de límites marítimos y a partir de allí se producen una serie de actos que en la práctica lo confirman.
El abogado griego Georgios Petrochilos enumeró una serie de documentos y casos prácticos que para Chile constituyen un reconocimiento de la delimitación marítima.
Recalcó que, por ejemplo, el país vecino arrestó 309 buques peruanos por pasar la frontera. Dijo que estas detenciones prueban que se respetaban los límites marítimos establecidos en el Hito N° 1.
Dos días atrás, este hecho fue rebatido por el abogado Rodman Bundy. Este explicó que estos casos fueron presentados por Chile en su contramemoria. Advirtió, además, que Chile no mencionó un detalle importante: que de las 309 naves pesqueras detenidas, solamente 14 ocurrieron antes del memorándum de 1986, que da cuenta de la reunión entre el embajador peruano Juan Miguel Bákula, y el canciller chileno de ese momento, en la que se propuso negociar el límite marítimo pendiente.
“Lo que llama la atención es que esos incidentes, menos uno, ocurrieron por debajo o al sur de la línea de equidistancia. Todos ellos dentro de las 12 millas náuticas y próximos a la costa. Fueron en la década de 1990, cuando Chile comenzó a publicar sus mapas”, comentó mostrando un gráfico ilustrativo.
casos prácticos
Otro ejemplo que usó Chile en su intento por demostrar que ambos países aceptaron la supuesta delimitación marítima fue la colocación de los faros en 1968 y 1969, desde el Hito N° 1, donde, para Chile, empieza el límite marítimo que argumentan.
Este tema también fue respondido previamente por el jurista de Perú, Michael Wood, quien expuso que el objetivo de los faros fue ayudar a la ubicación de los pescadores artesanales en zonas cercanas a las costas de ambos países.
El coordinador del equipo de juristas chilenos, el australiano James Crawford, fue el elegido para terminar la exposición del país sureño, aunque los periodistas chilenos se sorprendieron porque en menos de 10 minutos cerró diciendo “Pacta sunt servanda”, en referencia al supuesto tratado de límites.
Tras una reunión protocolar en la Corte Internacional de Justicia, ambas partes se retiraron a sus “búnkeres” a fin de preparar sus alegatos finales para la próxima semana.
La acumulación de prácticas no hace un tratado de límites
En Lima, el canciller Rafael Roncagliolo, al concluir las exposiciones de los abogados chilenos, refirió que estas no mellaron la solidez de la posición peruana.
Precisó que ninguna acumulación de prácticas, a la que apela Chile, puede convertirse en un límite marítimo y, menos aún, reemplazar la ausencia de un tratado expreso en esta materia; y que, pese al esfuerzo de sus abogados, Chile no ha demostrado que exista un tratado de límites.
“El límite marítimo tiene que ser expreso, no se puede presumir, y debe constar en un tratado específico que Chile no ha podido exponer”, explicó en una declaración pública ofrecida en el Palacio de Torre Tagle. Recalcó que así lo exige el derecho internacional y la jurisprudencia de la Corte de La Haya.
Agregó que ante la ausencia de límite marítimo, la Corte debe establecerlo según el derecho internacional: trazando una línea equidistante del punto Concordia.
“Ni la Declaración de Santiago de 1952 ni el Convenio de la Zona Especial de 1954 y menos aún los arreglos prácticos de 1968 y 1969 constituyen tratados de límites marítimos entre Chile y el Perú”, manifestó.
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