Tuesday, November 2, 2010

[RED DEMOCRATICA] INFORM.: LOBBIES PROVINCIALES Y RATIFICACION: EL CASO DE LA FISCAL MARIA DEL PILAR MALPICA CORONADO [1 Attachment]

 
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Por medio de la presente les hacemos llegar el documento de investigación titulado: "LOBBIES PROVINCIALES Y RATIFICACION: EL CASO DE LA FISCAL MARIA DEL PILAR MALPICA CORONADO" elaborado por el Equipo de ProJusticia.

 

 

Atentamente

 

 

CESAR FERNANDO O´PHELAN PEREZ

PRO JUSTICIA.

 

 

LOBBIES PROVINCIALES Y RATIFICACION:

 

EL CASO DE LA FISCAL MARIA DEL PILAR MALPICA CORONADO

 

Los procesos de evaluación y ratificación que lleva a cabo el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) suelen generar aún, a pesar de los avances mostrados en los últimos años, una serie de críticas y cuestionamientos en la comunidad jurídica, debido a la permanencia de una discrecionalidad perniciosa que lleva a mantener criterios distintos para casos similares, por lo que la permanencia del magistrado o magistrada depende finalmente de la mayor o menor simpatía o interés que éste despierte entre los consejeros.

 

Si bien el Tribunal Constitucional ha sido firme en señalar la necesidad de que las resoluciones de ratificación y no ratificación se encuentren debidamente fundamentadas, permanece en las decisiones del CNM la idea básica de la ratificación como un procedimiento no disciplinario en el cual se evalúa la "debida conducta" e "idoneidad propias de la función" que ha cumplido y puede cumplir el magistrado, nociones éstas de contenido tan amplio que pueden dar pie a que se pueda no ratificar a un magistrado por el número de denuncias presentadas en su contra –aunque todas sean falsas- o que se mantenga a un juez a todas luces corrupto sobre la base de la calidad de sus decisiones,

 

A todo ello debe agregarse la presencia innegable de lobbies internos que buscan  lograr que los consejeros mantengan o bajen el dedo al magistrado o magistrada sujeto a ratificación, tal como lo han mostrado los casos de Javier Anaya o Hugo Salas. Estos lobbies, sin embargo, no se concentran en la ciudad de Lima sino que pueden presentarse también en los distritos judiciales del interior del país. Lo ocurrido recientemente con la Fiscal Superior MARIA DEL PILAR MALPICA CORONADO es, precisamente, un claro ejemplo de cómo las presiones y manejos para no ratificar a una magistrada recta y honesta pueden provenir de otras localidades, en este caso de Huaraz, buscando con ello mantener en el poder a una red de magistrados corruptos.

 

1.    Los primeros años

 

En febrero del 2005, María del Pilar Malpica Coronado –magistrada de carrera y a la sazón fiscal provincial de Lima- fue nombrada por el CNM como Fiscal Superior Mixto del distrito judicial de Ancash, convirtiéndose así en la segunda fiscal superior titular de esta localidad y en la primera mujer limeña en ejercer dicho cargo en esta ciudad. Hasta entonces, el único fiscal superior titular de la zona era MARCO DE LA CRUZ ESPEJO, quien durante 11 años ejerció este cargo de manera absoluta, creando alrededor suyo toda una cohorte de fiscales sometidos a sus decisiones e intereses.

 

Por ello, la llegada a Huaraz de la fiscal Malpica no fue bien vista, siendo recibida más bien de manera hostil a pesar de su jerarquía, debido al temor de que su presencia quebrara la red de influencias que se había constituido en todos esos años en el Ministerio Público de la región. Ello se expresó, por ejemplo, en la no asignación de personal suficiente o debidamente capacitado para ejercer sus labores, además de ser sometida a un férreo control que buscaba a todas luces cansarla para que solicite su cambio a otro distrito judicial.

 

En el 2006, Malpica fue nombrada Jefa de Control Interno, lo que le generó aún mayores enemigos al interior de la institución. Uno de ellos fue el fiscal superior provisional ZADI ANAYA CASTRO, quien fue expulsado de la carrera fiscal , al no ser ratificado en el año 2009 por el CNM ante las evidentes irregularidades en el ejercicio de su cargo. Otra fue la fiscal provincial SILVIA PAREDES GOYCOCHEA, quien estuvo involucrada, junto al primero, en una falsa acusación contra la fiscal Malpica por una deuda a favor del Hotel Huascarán, cuyo dueño –ROGELIO GRADOS GARCIA- resultó ser amigo personal de Anaya Castro y Paredes Goycochea, ésta última a la fecha afronta una serie de investigaciones y procesos disciplinarios por presuntos actos de inconducta funcional y la presunta comisión de delitos como prevaricato y abuso de autoridad en agravio de ciudadanos de Yungay y en el que de por medio están un grupo de policías de la Dirandro de Huaraz.

 

En el 2009, Malpica fue elegida Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores de Ancash en virtud a la Ley No. 29286, la que cambia la figura del Decanato por un nuevo sistema de gobierno institucional. Esta elección solo arreció más las acciones en su contra, llegando incluso a recibir amenazas de muerte contra su persona desde el inicio de su gestión. A pesar de ello, Malpica hizo esfuerzos por mejorar el desempeño y la transparencia del Ministerio Público en Huaraz, todo lo cual se vió de alguna manera truncado a partir del proceso de ratificación al que se fue sometida, de manera irregular, desde noviembre de dicho año, hecho que dió pie a una intensa campaña de desprestigio en su contra por parte de malos fiscales de la zona, coludidos con algunos medios de comunicación.  

 

2.    El proceso de ratificación.

 

El 19 de noviembre del 2009, el CNM acordó aprobar la convocatoria No. 003-2009-CNM de los procesos de evaluación y ratificación, incluyendo en ésta a la Mg. María del Pilar Malpica Coronado. Cabe señalar que la convocatoria de esta magistrada al proceso de ratificación se hizo en base a su nombramiento como Fiscal Adjunta Provincial en lo Penal de Lima –ocurrido mediante resolución No. 045-2001-CNM del 25 de mayo del 2001- sin considerar su posterior ascenso cuando fue nombrada como Fiscal Superior Mixta de Ancash en el 2005.

 

El ponente nombrado para llevar adelante este proceso fue el consejero CARLOS MANSILLA GARDELLA, representante del Ministerio Público ante el Consejo Nacional de la Magistratura. A pesar de esta afinidad, la actitud de Mansilla hacia la magistrada no fue positiva, mostrando más bien actitudes que mostraban su falta de imparcialidad, lo que llevó a que Malpica solicitara, en julio del 2010, la abstención por decoro de este consejero hacia su caso.

 

De esta manera, los fundamentos dados por Mansilla para no ratificar a la fiscal Malpica –expresados en la resolución de no ratificación No. 126-2010-CNM, del 8 de abril del presente año- se muestran endebles y sin mayor sustento, mostrando más bien el forzamiento de argumentos sobre los que sustentar dicha decisión. Por ejemplo, éste señala que Malpica presenta "un apreciable número de quejas y denuncias (…) donde se le imputan cargos por presunto abuso de autoridad y/o prevaricato", señalando luego sin embargo que ellas "han sido archivadas por infundadas, inadmisibles o improcedentes", por lo que no queda claro a que se debe su mención.

 

La resolución se concentra así en algunos puntos concretos que, según el criterio de Mansilla, fundamentarían la no ratificación de la magistrada. Entre ellos se menciona, por ejemplo, que a Malpica se le impuso una multa del 10% de sus haberes por el retardo de un expediente con reo en cárcel, cuando dicha sanción fue la única que se le aplicó durante sus 7 años de carrera y ya se encontraba rehabilitada; esto es, sin efecto alguno. También el dejar sin efecto el nombramiento de un fiscal adjunto provincial, a pesar de que aquél registraba tener proceso penal por propiciar la fuga de un procesado, no obstante  que ésta imputación se produjo en el 2009; esto es, fuera del período de evaluación fijado por la Constitución, que es por un período de siete años.

 

Por otro lado, Mansilla recoge como irregularidad la presunta deuda generada por Malpica hacia el Hotel Huascarán durante sus primeros años en Huaraz, a pesar de que el Primer Juzgado de Paz Letrado de Huaraz (Exp. 2007-0295) ya había emitido sentencia declarando que dicha deuda NUNCA EXISTIO. En cuarto lugar, se señalan los resultados de un referéndum sobre el desempeño de magistrados efectuado por el Colegio de Abogados de Ancash los años 2007 y 2008, donde a pesar de que la fiscal Malpica logró un 50% de aprobación, se señala que este resultado "pone en duda la confiabilidad de su desempeño", cuando otros fiscales ratificados lograron puntajes inferiores.

 

La resolución menciona también que el 8 de abril del 2010, el Pleno del CNM llevó a cabo una  entrevista especial con la Dra. Malpica a fin de aclarar algunos puntos que no habían sido suficientemente esclarecidos, como sus presuntas tardanzas laborales entre el 2005 y el 2008, el presunto dictado de clases en horas que correspondían a sus labores en el Ministerio Público y la participación de esta fiscal en una conferencia cuando se encontraba con permiso de salud. Cabe señalar que, a pesar de que todos estos puntos fueron debidamente aclarados –por ejemplo, mediante constancias expedidas por la USMP de que las clases dictadas por la magistrada fueron los días sábados y no en horario normal- la decisión considera arbitrariamente que las absoluciones "no causaron convicción al Pleno del Consejo respecto a que las denuncias recibidas (…) hayan sido infundadas en su totalidad".

 

Causa extrañeza también que, a pesar de que el CNM reconoce que la Dra. Malpica cuenta con grado de magíster con mención en Derecho Penal, con una maestría adicional en Defensa y Desarrollo Nacional y otra en Contabilidad con mención en Tributación, y que es egresada del Doctorado en Derecho de la Universidad San Martín de Porres, le de mayor peso a la calificación dada a sus resoluciones fiscales, a pesar de ser incompletas y no señalarse el criterio de evaluación seguido para dar puntaje a estas resoluciones. Todo ello contrasta además con los criterios seguidos por el CNM hacia otros magistrados, quienes fueron ratificados a pesar de no contar con los méritos académicos suficientes.

 

Frente a la parcialidad de estos fundamentos, la Mg. Malpica interpuso recurso extraordinario contra esta resolución, así como la abstención por decoro del consejero Mansilla. En ésta hace hincapié en la clara discriminación ejercida en su contra, subvalorando los aspectos favorables de su carrera –como su desempeño académico, sus publicaciones doctrinarias o el pronunciamiento hecho a su favor por el Sindicato de Trabajadores del Ministerio Público- y la sobrevaloración de sus errores con la finalidad de desvirtuar su idoneidad profesional, solicitando la nulidad de la resolución debido a una serie de factores que afectaron el debido proceso y su derecho de defensa.

 

Cabe señalar que, en estos recursos, la fiscal Malpica recoge lo expresado en el acta de la Sesión Plenaria Extraordinaria del CNM del 16 de febrero del 2010 –esto es, apenas un día después de su entrevista reglamentaria- en la que, con motivo del escándalo suscitado por la denuncia del fiscal Gálvez Villegas en el proceso de selección y nombramiento de vocales y fiscales supremos, se trató sobre las reuniones sostenidas por algunos consejeros con otros postulantes y/o magistrados; en ella, el entonces consejero Javier Anaya refirió que "el día de ayer le han manifestado que el doctor Aníbal Torres se ha reunido con LA FISCAL DE HUARAZ…". Este hecho fue reconocido además por el propio Torres Vásquez, quien en la misma sesión señaló que estaba "llano a cualquier investigación que se considere conveniente en cuanto a su persona sobre el grado de amistad que se menciona con este señor: y es con relación a la Fiscal de Huaraz, CON LA CUAL SI TUVO UNA REUNION ANTES QUE SE PROHIBA EL INGRESO DE VISITAS A CONSEJEROS…".

 

Sobre este punto, cabe señalar que la Fiscal Provincial de Huaraz, SILVIA PAREDES GOYCOCHEA, estuvo en las dos entrevistas realizadas por la Dra. Malpica con el CNM, llegando incluso a interrumpir el desarrollo de la primera entrevista, a pesar de lo cual no fue sacada de la sala. Por ello, las sospechas de que esta fiscal habría conversado con por lo menos uno de los consejeros para promover la no ratificación de la fiscal Malpica son evidentes, siendo claro además que los intereses de esta fiscal representan los de otros fiscales de la región.

 

3. La persistencia de Mansilla

 

A pesar de los aspectos claramente discriminatorios suscitados contra la fiscal Malpica, su solicitud de reconsideración contra la resolución No. 126-2010-PCNM fue declarada infundada, de acuerdo a la resolución No. 404-2010-PCNM dada el 14 de octubre del 2010. Cabe señalar, sin embargo, que esta decisión presentó también algunos vicios, dado que inicialmente este recurso fue votado en Sesión Plenaria Extraordinaria del primero de setiembre del 2010, apareciendo como votantes los consejeros Guzmán, Mansilla, Maezono y Paz de la Barra, cuando éste último ya se había abstenido de votar en este caso por habérsele solicitado su opinión previa antes de ser nombrado consejero. Extrañamente, el acta agrega al final que,  "por un error material del secretario del CNM ", debió consignarse el voto del consejero Soto Vallenas y no de Paz de la Barra. Vicio que finalmente es asumido por los señores consejeros que con su firma avalan el contenido del acta.

 

Frente a ello, el Pleno del CNM decide declarar nula dicha acta y sus decisiones, procediendo a votar nuevamente el 14 de octubre; y si bien en ésta decisión no se incluye ya al consejero Paz de la Barra, se mantiene el voto del consejero Mansilla a pesar de la solicitud de abstención realizada, permitiendo de esta manera que la no ratificación sea confirmada con apenas la mayoría necesaria para ello. Cabe resaltar aquí el voto singular del consejero Gonzalo García Nuñez, según el cual el recurso debió declararse fundado en el extremo que se ha hecho una evaluación parcial de las resoluciones de esta magistrada, al evaluarse solamente 8 de las 16 resoluciones que exige el reglamento correspondiente, por lo que no puede determinarse claramente la falta de idoneidad de la misma.

 

Entonces, como puede apreciarse, existen indicios claros –por un lado- de que la evaluación hecha sobre la fiscal Malpica Coronado se hizo sobre la base de información parcial, siendo reconocido ello por uno de los miembros del CNM; además de un interés evidente para que esta fiscal no regrese a la zona de Ancash, lo que explicaría la persistencia del consejero Mansilla de mantener su facultad de voto a pesar del pedido expreso de abstención y de haber solicitado él mismo que se nombre a otro ponente, reconociendo implícitamente su falta de imparcialidad.

 

El caso de la fiscal Malpica Coronado muestra así que, a pesar de los recientes cambios al interior del CNM, persisten viejos vicios y lobbies que deberían ser desterrados de una vez por todas. Corresponde en todo caso a sus nuevos integrantes buscar que se limpie la imagen de esta institución luego de la crisis en la que se sumió por la selección de los vocales y fiscales supremos, si bien es claro –viendo este caso- que ello es solamente la punta de un iceberg de prácticas y hábitos que se dan de manera continua, afectando con ello la posibilidad de contar con una justicia honesta y transparente, cuyo único destinatario es el pueblo , puesto que la administración de justicia emana de él precisamente , gran perjudicado al final , pues en algunos casos no se merece las autoridades que el CNM elige o expulsa de la carrera para servir al pueblo.


 

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