Sunday, February 9, 2014

[RED DEMOCRATICA] ANALISIS : Nueva frontera marítima en marzo. (Oswaldo de Rivero)

 


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 09/02/2014
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Arts. rels. : El Fallo debe implementarse sin demoras. Oswaldo de Rivero (28/01/2014)

La Primera
08/02/2014

Nueva frontera marítima en marzo



Nueva frontera marítima en marzo


 




















"Si el 27 y 28 de marzo se establece la nueva frontera marítima se habrán puesto por primera vez los cimientos para una futura relación, entre el Perú y Chile, basada, por primera vez, no en rivalidades y desconfianza, sino en intereses comunes y ventajas mutuas."


POR OSWALDO de RIVERO
 
 
El fallo de La Haya no le dio toda la razón al principal argumento del Perú de que no existe frontera marítima con Chile. La Corte dijo que si existía una frontera "tácita" por el paralelo y la volvió "explícita" con el fallo, pero solo hasta la milla 80. 
Sin embargo, a pesar de este revés, el Perú obtuvo una ganancia de 50 mil km2. Y esto gracias a que la Corte aplicó la línea equidistante, es decir, el derecho internacional marítimo moderno, contenido en la Convención del Mar. 

Además, esta inmensa área concedida que se une ahora a las 200 millas peruanas del mar de Grau, se ha logrado porque en el alegato peruano ante la Corte se introdujo una declaración oficial que decía que el Perú: "ejercía su dominio marítimo de manera consistente con las zonas establecidas en la Convención del Mar". 

Si no hubiera existido la Convención del Mar que la diplomacia peruana, con realismo, siempre promovió, nuestra derrota jurídica hubiera sido total. Una ironía que muestra con qué irracionalidad se han manejado los intereses del Perú frente al derecho internacional marítimo moderno establecido en la Convención del Mar.

Esta es la lección que nos ha dado el fallo de La Haya sobre el valor que tiene el moderno derecho internacional marítimo contenido en la Convención del Mar.

El fallo de la Corte de La Haya constituye además una ingeniosa construcción jurídica moderna que, como dijo el Presidente de la Corte, "no amputa excesivamente las pretensiones de Chile ni las del Perú". Además, les da a ambos países beneficios tangibles. A Chile el dominio que ya ejercía "tácitamente" en el paralelo hasta 80 millas, que es una área biológica rica. Y al Perú, gracias a lo establecido en la Convemar, una línea equidistante que le otorga una extensa zona marítima a explotar para su exclusivo beneficio.







2+2 DE SANTIAGO

Este fallo que otorga beneficios a las dos partes debe ser el fundamento de una nueva relación entre el Perú y Chile y su implementación debe hacerse como acertadamente se ha acordado en la reciente reunión 2+2 de Santiago. 

En efecto, la Declaración aprobada por la reunión de Santiago dispone que las delegaciones técnicas del Perú y Chile se reúnan el 17 y 18 de febrero con el fin de trabajar las coordenadas y en la nueva cartografía que estaría para fines de marzo. Y que luego el 24 y 25 de marzo en Lima, se establezca la nueva frontera marítima. 

También, esta declaración conjunta afirma que "cada país asume el compromiso de acomodar su normativa interna al fallo". Y no podía ser de otra manera, ya que para acomodar la legislación nacional a la nueva frontera marítima no se necesitan comisiones binacionales. El Perú y Chile deben así por separado, derogar o cambiar las disposiciones nacionales que contradigan el fallo. También, esta Declaración contiene un punto muy importante que dice: "Perú ejercerá sus derechos y obligaciones de forma consistente con el derecho internacional". Esto quiere decir, que el Perú ejercerá su soberanía en forma consistente con el derecho internacional vigente, que no es otra cosa, que la Convención del Mar. Esta mención es una repetición exacta de la declaración oficial del Perú ante los jueces de La Haya y significa que el Perú respetará los principios de libre navegación y de sobrevuelo de la Convención del Mar en las 200 millas del mar de Grau. La verdad es que siempre lo ha hecho.

CONVENCIÓN DEL MAR
Si bien el Perú precisó que "no van a adherir a la Convención del Mar, ha prometido oficialmente ante la Corte de Justicia de La Haya y ahora en la Declaración de Santiago que sus deberes y obligaciones marítimas son consistentes con el derecho internacional vigente, en otras palabras, con la Convención del Mar.

Después de estos repetidos compromisos de aplicar el derecho internacional moderno en el mar de Grau y de aceptar un fallo donde los jueces le dieron al Perú un extenso espacio marítimo, en base a la práctica jurídica de la Convención del Mar, firmar esta Convención en el futuro será para el Perú solo una formalidad. Y está bien que así sea. Es tiempo de que el Perú se una formalmente al derecho internacional marítimo moderno que practican 166 países que han firmado la Convención y salga del exótico grupito de siete rebeldes: Venezuela, Perú, Turquía, Eritrea, Siria, Israel y Estados Unidos. 

También ha sido muy importante que en la Declaración de Santiago se haya totalmente ignorado el lío del triángulo terrestre. Este hecho es una evidencia de que la frontera marítima y la terrestre son diferentes, que no debe mezclarse ni ser pretexto para demorar la nueva frontera marítima establecida por el Tribunal de La Haya. 

CHILE ENTRA EN RAZÓN

La reunión de Santiago ha sido muy positiva, al fin se han despejado las condiciones y los procedimientos innecesarios para que dentro de un mes y medio se concluya en Lima la nueva frontera marítima entre el Perú y Chile. La posición de la delegación peruana de no aceptar condiciones ni comisiones innecesarias y de ir directamente al establecimiento de las coordenadas y de la consiguiente delimitación de la frontera ha sido muy acertada. 

Chile ha entrado en razón, ha comprendido que una implementación del fallo rápida y sin condiciones también lo favorece, ya que de lo contrario no podría gozar legítimamente de la frontera marítima por el paralelo hasta las 80 millas que es el área donde sus recursos pesqueros están. 

Si el 27 y 28 de marzo se establece la nueva frontera marítima se habrán puesto por primera vez los cimientos para una futura relación, entre el Perú y Chile, basada, por primera vez, no en rivalidades y desconfianza, sino en intereses comunes y ventajas mutuas.
 


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