CONSULADO GENERAL DEL PERÚ
MADRID - ESPAÑA


ASUNTO: CONVOCATORIA A ELECCIONES PARA EL CONSEJO DE CONSULTA 2009-2010


Madrid, 4 de setiembre de 2009


CONVOCATORIA A ELECCIONES
PARA EL CONSEJO DE CONSULTA
2009-2010



El Consulado General del Perú en Madrid tiene el agrado de anunciar formalmente la convocatoria a elecciones del Consejo de Consulta que deberá ejercer sus funciones entre los meses de noviembre de 2009 y noviembre de 2010.
Dicho acto, que consiste en sortear entre los asistentes los miembros del Comité Electoral, el que supervigilará el proceso, y elegir a los 09 miembros del Consejo de Consulta, se celebrará el próximo domingo 1 de noviembre.
Según la Resolución Ministerial No. 1414-RE, el proceso será válido en la medida que asista el 5% de los connacionales inscritos en el RENIEC aptos para votar; esto quiere decir que, si a la fecha la cifra proporcionada por el RENIEC es de 59,491 ciudadanos, 2,974 correspondería al 5%.
Téngase en cuenta que en los DNI de aquellos inscritos en el RENIEC deben figurar el lugar de residencia dentro de la jurisdicción de este Consulado General, esto es: Provincia de Madrid, Albacete, Badajoz, Cáceres, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo. Aquellos en los que figure un lugar de residencia distinto al de la jurisdicción no podrán votar ni menos ingresar al local de votación.
Recuérdese que son fines del Consejo de Consulta:

a) Constituir un espacio de diálogo y cooperación con el Jefe de la Oficina Consular.

b) Apoyar los esfuerzos del Jefe de la Oficina Consular y respaldar sus iniciativas para la at6ención de los problemas y protección consular de los migrantes peruanos en el exterior;

c) Ayudar en las tareas de protección legal y asistencia humanitaria a los migrantes peruanos en el exterior;

d) Fortalecer el vínculo nacional, desarrollo económico en el Perú y la promoción de la cultura peruana;

e) Facilitar la positiva inserción de los connacionales enm el país de acogida;

f) Colaborar con el Jefe de la Oficina Consulñar en la promoción del ejercicio de la ciudadanía y la participación electoral de los connacionales residentes en la circunscripción consular; y

g) Cooperar con las iniciativas del Jefe de la Oficina Consular en las actividades que desarrolle en beneficio de la comunidad peruana o a favor de obras de carácter humanitaria a realizarse en el Perú.
Recuérdese también que el Consejo de Consulta se abstendrá de realizar actividades de cualquier otra índole distintas a las señaladas anteriormente; particularmente, se abstendrá de realizar:

a) Actividades políticas, partidarias y/o proselitistas;

b) Actividades de naturaleza lucrativa;

c) Actividades que vayan en detrimento de la imagen del Estado peruano o sus representaciones oficiales; y,

d) Actividades que contraríeno dificulten el cumplimiento de los fines del Consejo.
El Comité Electoral que resulte elegido, tendrá como funciones:

a) La realización y conducción del acto electoral de los miembros del Consejo de Consulta;

b) El escrutinio de los votos. Dicho escrutinio se realizará de forma pública; y,

c) La proclamación de los elegidos como miembros del Consejo de Consulta y su registro en actas.
Son requisitos para postular como candidato al Consejo de Consulta:

a) Ser peruano;
b) Ser mayor de 18 años al momento de postular;
c) Estar inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil peruano con domicilio en la circunscripción consular;
d) No ser funcionario o empleado de la Oficina Consular;
e) No registrar antecedentes policiales ni penales en el Perú o en el extranjero; y,
f) No haber sido sancionado con pérdida de la condición de miembros de algún Consejo de Consulta.
Aquellos que consideren postular, tengan en cuenta realizar con la debida anticipación los trámites previstos en el numeral e).
Según una directiva del Ministerio de Relaciones Exteriores, aquellos connacionales que reúnan los requisitos exigidos y que deseen presentarse al Consejo de Consulta podrán iniciar la difusión de sus candidaturas –previa comunicación al Jefe de la Oficina Consular- con anterioridad a la conformación del Comité Electoral, con cargo a acreditar formalmente dichas candidaturas una vez constituido el referido Comité Electoral el día de la convocatoria.
Finalmente, estimados compatriotas, el Consulado General les hace un ferviente llamado para la más amplia asistencia al acto electoral a fin de alcanzar la cifra mínima impuesta por la Resolución No. 1414-RE e iniciar un trabajo de diálogo y cooperación que los beneficie en su conjunto.
Próximamente se les alcanzará mayores detalles sobre el lugar y la hora del acto electoral.
Madrid, 1 de setiembre de 2009

- Resolución Ministerial 1414 del 9 de diciembre de 2008 - Lineamientos para la organización de la relación entre el jefe de la Oficina Consular y los Consejos de Consulta

- Información complementaria a la Convocatoria para las Elecciones del Consejo de Consulta 2009-2010

Cordialmente,

Consulado General del Perú en Madrid
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