La Republica 12Jul2010
¿Tierras sin límite?
Por Carlos Ferrero
Que la propiedad de la tierra no tenga límites va a generar severos conflictos sociales cuya magnitud estamos obligados a prevenir. Como no alcanza para todos, acaparar la tierra genera sentimiento de discriminación entre aquellos que quieren acceder pero sin embargo no pueden. Esa exclusión que es una forma de violencia resiente profundamente a medianos y pequeños, además recorta la posibilidad de cumplir aspiraciones de vida personales y familiares de cientos de miles de agricultores.
Fernando Eguren nos ha recordado, citando al BM, que la gran propiedad no necesariamente es más productiva que la mediana o pequeña. Pero aun cuando lo fuese, pensamos que las teóricas ventajas de los latifundios puestas en la balanza pesan menos que sus nefastas consecuencias sociales. Por eso hasta sería justificado evaluar si no es preferible un menor crecimiento económico pero acompañado de un desarrollo que es integral porque incluye la justicia social.
Los extremistas del liberalismo no quieren entender que los monopolios y concentraciones son una irritante manera de dañar la democracia. Primero porque destruyen la igualdad de oportunidades al conceder privilegios al que tiene mucho dinero y segundo porque los grandes propietarios se convierten en un factor económico que deviene en una influencia política que desequilibra el sistema. Por eso llama la atención que los defensores de la propiedad sin límite no tengan presente el papel de la tierra en la historia del Perú y la significación que esta tiene en las convicciones e ideales del pueblo
Ojo que nada de lo precedente implica desconocer las injusticias de una reforma agraria que fue mal implementada. Pero 40 años después todavía hay algunos que no han tomado conciencia de que el acaparamiento de la tierra por muy pocos genera el hondo descontento de muchos otros. Como dice la Gaudium et Spes (Concilio Vaticano), es principio de moral cristiana que la propiedad tiene una función social, proveniente precisamente del destino universal de los bienes. Ello significa que solo es legítima cuando sirve al bien común.
En este debate hay puntos pendientes, resumo algunos: 1) Las limitaciones a la extensión no deben ser genéricas sino por valles o cuencas; 2) Un límite gigantesco de 10 mil hectáreas solo tendría sentido en un valle de 200 mil, si existiera; 3) La autorización previa de fusiones es irreal porque hay tamaños de latifundios que no necesitan sumarse con otros para ser excesivos; 4) El tan mentado abuso de la posición de dominio, artilugio utilizado para evitar la acción previa y directa que corresponde al Estado, no deroga el art. 88 de la Constitución que de manera expresa autoriza límites a las tierras y que deliberadamente omiten los poderosos defensores de los nuevos latifundios.
La Republica, Julio 12, 2010
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