La Republica 03Oct2010
Así operó el criminal grupo Colina
Sentencia. Familiares y abogados de víctimas resaltan fallo. Familia de Pedro Yauri aún espera le devuelvan restos del cuerpo del periodista. Además, esperan que la Corte Suprema ratifique las penas impuestas.
César Romero.
La sentencia por los casos Barrios Altos, Santa y Pedro Yauri confirma la estructura y forma de operar del grupo Colina y su relación con los altos mandos militares y los servicios de inteligencia dirigidos por Vladimiro Montesinos y Julio Salazar Monroe, señaló Gloria Cano, abogada de Aprodeh.
Además, resaltó que la sentencia reconoce la existencia del destacamento Colina como un aparato militar dentro de la estructura del Ejército bajo la dependencia de Alberto Fujimori, condenado por violaciones de los derechos humanos.
La sentencia es un aliciente para los familiares, sin embargo, en los casos de Pedro Yauri y Santa estos continuarán en su lucha hasta que aparezcan los cuerpos de sus seres queridos.
“Me siento muy satisfecha con la condena, aunque esto en nada va a cubrir la muerte de Pedro y el que nos hayan hecho sufrir 18 años y que hasta ahora no digan dónde está su cuerpo”, precisó Rosa Yauri, hermana de Pedro Yauri.
Por su parte, Francisco Soberón, de Aprodeh, pidió defender la sentencia de los ataques de algunos personajes que solo quieren garantizar la impunidad para la mafia fujimontesinista. Anotó que espera que la Corte Suprema de Justicia ratifique las condenas.
El Equipo Peruano de Antropología Forense -EPAF también respaldó la sentencia emitida por la 1ra Sala Penal Especial, presidida por la jueza superior Inés Villa Bonilla y las magistradas Hilda Piedra Rojas e Inés Tello de Ñecco.
“La sentencia de la Sala Penal Especial nos llena de optimismo y esperanza en relación con el esclarecimiento de los casos de Desaparición Forzada y Ejecuciones Extrajudiciales, así como frente al reto de la búsqueda de verdad y justicia en nuestro país. La sentencia reafirma además la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad”, subrayó el EPAF.
En el mismo sentido, el presidente del Tribunal Constitucional, Carlos Mesía, recordó que la sentencia se dictó dentro del plazo de 60 días que esa institución concedió al tribunal especial para resolver la situación jurídica del ex jefe nominal del SIN, general en retiro Julio Salazar Monroe.
Dentro del plazo
“La decisión recaída en el caso Barrios Altos es un claro ejemplo de que sí es posible fallar con celeridad e impedir que el paso del tiempo deje a las víctimas y sus familiares sin justicia y al Estado como responsable de avalar crímenes o de propiciar la impunidad”, subrayó Carlos Mesía.
En la otra orilla, los familiares del coronel (r) Alberto Pinto Cárdenas criticaron que el tribunal tuviera un doble criterio al resolver su situación. Indicaron que mientras a Pinto Cárdenas lo condenaron a 15 años de prisión, a otro de los ex jefes del Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE) lo absolvieron porque solo ejecutó órdenes de sus jefes superiores.
Homenaje
Fiscal y jueces. La sentencia al destacamento Colina se debe mucho al trabajo silencioso que realizó en 1994 la fallecida fiscal Ana Cecilia Magallanes Cortez. Igualmente, hay que recordar la labor de la jueza Antonia Saquicuray, al rechazar junto a Magallanes, la ley de amnistía en 1995. En el último tramo del juicio resaltó el trabajo del fiscal superior Jorge Cortez Pineda.
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