Por medio de la presente les hago llegar un Informe de ProJusticia sobre malas prácticas empresariales en el Poder Judicial Peruano. Atentamente
VICTOR HUARANCCA MEDINA: CRONICA DE UN PANDILLERO JUDICIAL Informe Projusticia En nuestro país, existen muchas historias que pueden contarse acerca de la presencia de empresarios que, valiéndose de su poder económico, logran influir en la impartición de justicia para favorecer sus intereses de manera irregular e ilícita, apoyándose además en la colaboración de algunos medios de comunicación. Casos como el de Delgado Parker y Crousillat pueden ser considerados emblemáticos al respecto, por ser empresarios de "peso mayor", pero no son los únicos. Otros empresarios de menor talla se cuentan también entre los seguidores de estos brokers, dedicándose a "criminalizar" sus diferencias comerciales para amedrentar a sus socios u otras partes en un contrato, recargando de esta manera al aparato judicial de procesos que devoran tiempo que debería ser utilizado en causas más justas. De estos empresarios –que Roberto Mac Lean denomina con precisión "pandilleros judiciales"- uno de los más representativos es el pseudo-industrial VICTOR ARMANDO HUARANCCA MEDINA, personaje curtido en interponer denuncias falsas a fin de encubrir sus múltiples estafas y deudas impagas, y que ha logrado engañar durante años a varios medios de comunicación, apareciendo como víctima de quienes en realidad se han visto perjudicados con sus maniobras, muestra del peor mercantilismo que aún persiste en el país. ¿Quién es Víctor Huarancca Medina? De acuerdo a lo poco que se conoce de este empresario, Víctor Huarancca Medina es natural de Lima, nacido el 25 de abril de 1953, casado con María Isabel Romaní y con estudios incompletos en las carreras de contabilidad e ingeniería química, lo que al parecer habría bastado para convertirlo en dueño de diversas empresas. Estas empresas empezaron a constituirse a fines de los años ochenta, gracias a préstamos cercanos a los 4 millones de dólares que fue obteniendo del Banco de En diversas declaraciones, Huarancca Medina ha reconocido contar con dos propiedades: un fundo ubicado en Avenida Las Palmas s/n, Pachacamác, que funciona como Club Campestre, y una casa ubicada en 1. CASO 1: Apropiación de los terrenos de FABRIMET-EPS FABRICACIONES METALMECANICAS S.A. (FABRIMET) fue, en su tiempo, la segunda empresa metalmecánica del país luego del Servicio Industrial de A fin de impedir ello, en febrero de 1976 sus ex trabajadores constituyeron FABRIMET-Empresa de Propiedad Social (FABRIMET-EPS) La esperanza de que Fabrimet-EPS pudiera correr una suerte distinta a su predecesora, sin embargo, se fue borrando debido a los malos manejos que tuvieron también parte de sus directivos, tomando el nombre de la empresa para hacerse diversos préstamos con el aparente objetivo de reflotar la empresa. Uno de estos prestamistas fue precisamente Víctor Huarancca Medina, quien para 1985 contaba con diversas letras de cambio firmadas y reconocidas por directivos de Fabrimet-EPS por un monto total de 350 mil 658 dólares americanos. Gracias a estos títulos, Huarancca Medina inició diversas acciones ejecutivas contra esta empresa para el pago de dichas deudas, logrando que los directivos se allanen y por tanto que el Primer Juzgado Civil del Callao plantee el embargo de sus bienes y maquinarias y el remate público de sus inmuebles. Todo ello condujo a la declaratoria en quiebra de esta empresa, lo que se formalizó en diciembre de 1985. Para entonces, Huarancca Medina se había apoderado de los terrenos de Fabrimet-EPS a nombre de HM Representaciones vía remate judicial, logrando que se ejecute el desahucio de sus verdaderos propietarios en agosto de 1986. 1.1. La transacción extrajudicial En setiembre de 1987, al amparo de Según este acuerdo, HM Representaciones se comprometía, entre otros puntos, a asumir las deudas de Fabrimet-EPS y poner término a todos sus juicios, levantando los embargos y medidas precautelatorias pendientes; también a someter a peritaje su deuda hacia esta empresa, así como a mantener en reserva la propiedad de los terrenos y maquinarias e iniciar un proceso de reventa de los mismos a favor de Fabrimet-EPS, siempre y cuando ésta entregue cartas-fianza que avalen el proceso de adquisición, a partir de un precio que sería fijado pericialmente. Además, Huarancca Medina se constituye a sí mismo y a su cónyuge como fiadores solidarios de su empresa, "a efectos de garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones asumidas por esta última frente a Fabrimet-EPS". Con esta medida, se esperaba que Fabrimet-EPS pueda recuperarse de sus pérdidas y reiniciar sus actividades empresariales, además de asegurar el patrimonio de sus dueños trabajadores. Por ello, éstos fueron cumpliendo cada uno de los compromisos asumidos; sin embargo, no ocurrió lo mismo con Huarancca Medina. 1.2. La transacción judicial: reconociendo la estafa En mayo de 1993 –esto es, cinco años después de firmar el primer acuerdo- Fabrimet-EPS interpondrá en vía ordinaria una demanda contra HM Representaciones, Víctor Huarancca Medina y su cónyuge por incumplimiento de la transacción extrajudicial ante el Segundo Juzgado Civil del Callao (Expediente No. 72-97), la misma que será atendida por el Sexto Juzgado Civil de dicha jurisdicción. Será en esta sede donde ambas partes celebrarán -el 3 de noviembre de 1994- una nueva transacción de carácter judicial. En este nuevo acuerdo, HM Representaciones va a reconocer a favor de Fabrimet-EPS un pago de 150 mil dólares por concepto de pago de alquileres de maquinarias y equipos, además de otros 150 mil por concepto de pago adelantado de asociación en participación, comprometiéndose además a obtener a favor de dicha empresa un préstamo de 300 mil dólares. Asimismo, condonará en forma expresa e irrevocable a Fabrimet-EPS la deuda proveniente de las letras y pagarés firmados en 1985, lo que en la práctica implica un reconocimiento tácito de que dicha deuda nunca existió, como siempre alegaron los trabajadores. Por su parte, los representantes de Fabrimet-EPS aceptaron reconocer a HM Representaciones S.A. como propietaria absoluta del inmueble ubicado en Contralmirante Mora 590, además de celebrar un contrato de asociación en participación para desarrollar la industria metalmecánica a favor de ambas partes. Como puede apreciarse entonces, los trabajadores de Fabrimet-EPS nuevamente estuvieron dispuestos a sacar adelante su empresa aunque ello implica sacrificar parte de su patrimonio. A pesar de este acuerdo, Huarancca Medina una vez más incumplirá sus compromisos, impidiendo el reflotamiento de esta empresa. Ante ello, y cansados de esta situación, en octubre de 1996 los directivos de Fabrimet-EPS requerirán judicialmente a HM Representaciones S.A. para que cumpla con la devolución de los inmuebles, muebles, maquinarias y equipos entregados conforme a los términos de la transacción anterior. Finalmente, luego de dos años de lucha, Fabrimet-EPS logrará desalojar a Huarancca Medina de sus terrenos en septiembre de 1998, solo para encontrarse con nuevas sorpresas. 1.3. Las hipotecas millonarias sobre los terrenos de FABRIMET-EPS Una vez recuperados sus terrenos, los directivos de Fabrimet-EPS se dieron con la ingrata noticia que, desde junio de 1993, estos ya no pertenecían a HM Representaciones, sino que sido vendidos –mediante una compraventa simulada- a otra de las empresas de Huarancca Medina: Comercio del Acero S.A. (CODACSA), quien figuraba como propietaria de dichos terrenos en los Registros Públicos del Callao. Sin embargo, esta venta no era lo más grave: en realidad, la misma había sido solo una estrategia legal para facilitar su otorgamiento en calidad de garantía hipotecaria para obtener sendos préstamos bancarios: un primer préstamo por un millón 226 mil 827 dólares americanos del Banco Financiero del Perú, según escritura pública del 2 de enero de 1996; y un millón 114 mil 667 dólares americanos del Banco Wiese Ltdo., según escritura pública del 3 de enero de 1996. En total, Huarancca Medina logró 2 millones 341 mil 094 dólares americanos a partir de terrenos que no eran suyos, por más que alegue que los perdió al ser estafado por otras empresas. Por otro lado, CODACSA mantenía fuertes deudas pendientes con SEDAPAL, Telefónica del Perú y Frente a ello, esta empresa iniciará sendos procesos contra las diversas empresas de Huarancca Medina, a fin de que asuman su responsabilidad frente a los daños causado: contra Hierro-Mar S.A. ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil del Callao (Expediente 180-97); contra Comercio del Acero S.A. ante el Segundo Juzgado Especializado en lo Civil del Callao por Tercería de Propiedad (Expediente 2422-97), y contra HM Representaciones S.A. y Comercio del Acero S.A. por nulidad de acto jurídico de compraventa de inmuebles ante el mismo juzgado (Exp. 0351-97). Con ello, esperaban mantener a Huarancca Medina a raya e impedir nuevas jugadas sucias contra su empresa; lamentablemente, este no fue el final de la historia entre ambas partes. 1.4. El retorno de Huarancca Medina y el nuevo despojo a Fabrimet-EPS A fines del 2001, algunos ex trabajadores de Fabrimet-EPS lograron que el Sexto Juzgado Laboral del Callao –a cargo entonces de la jueza Roxana Colter Apaza- establezca una administració ¿Cómo ocurrió ello? Una vez asumido el cargo, Loli Vargas firmará con Comercio del Acero S.A. –empresa de Huarancca Medina que se encontraba, además, en litigio con Fabrimet- un contrato de alquiler de los terrenos y maquinarias de la empresa, contrato a todas luces irregular considerando que aquel no contaba con las facultades de representació Ante estas evidencias, los verdaderos propietarios de estas maquinarias fueron presentando nuevas denuncias contra Huarancca Medina: la primera de ellas, presentada en julio del 2007 contra éste por usurpación agravada, apropiación ilícita, estafa y otros; y contra su hermano José Huarancca y otros por el delito de usurpación agravada ante el Ministerio Público del Callao (Exp. 265-07); y la segunda, en octubre del 2009 por delito contra el patrimonio en las modalidades de hurto agravado y apropiación ilícita, y por el delito contra la administració A pesar de ello, y sobre la base del contrato de alquiler firmado con un administrador que ya fue cesado de su cargo en el 2007, Huarancca Medina sigue usufructuando alegremente del patrimonio de Fabrimet-EPS. En la actualidad, estos terrenos habrían sido sub-alquilados a la empresa minera CORMIN S.A. en calidad de depósito, lo que le permite además cubrir los gastos de sus innumerables juicios, mientras que los verdaderos propietarios de los terrenos y maquinarias deben bregar cada día ante una justicia inclemente que no les permita acceder a un patrimonio que les corresponde por ley. 2. CASO 2: La empresa pesquera Vista Florida De los diversos procesos judiciales en los que se encuentra involucrado Huarancca Medina, uno de los más clamorosos es precisamente el que gira alrededor de la administració 2.1. Antecedentes La empresa Vista Florida S.A. fue constituida en 1988 por José Peña Villalta y otros socios, iniciando en 1989 la construcción de su planta de harina de pescado con el objetivo de procesar 80 TM/hora, obra que no pudo ser culminada de acuerdo a lo proyectado. Curiosamente, es aquí donde entra ya a tallar la figura de Huarancca Medina, dado que una de sus empresas –Hierro Mar S.A.- fue contratista en las obras de construcción de dicha planta, siendo éste el origen de la deuda que le permitió participar en Por encargo de esta entidad, Para llevar a cabo este programa de recuperación, en noviembre de 1994 De acuerdo a este contrato, la asociante debía elevar la producción de Vista Florida a un mínimo de 60 TM/hora e instalar una planta de agua de cola, debiendo realizar para ello una inversión cercana a los 2 millones y medio de dólares. Además, los ingresos a obtener debían ser dirigidos a cancelar las acreencias de Vista Florida en un plazo de seis años, incluyendo un año de gracia. Cabe señalar que la claúsula 12º del contrato estipulaba de manera inequívoca que si el inversionista no cumplía con los términos del contrato, y el incumplimiento constaba de manera indudable, el Banco administrador tenía derecho de resolver el contrato de pleno derecho, y, previa comunicación escrita, recuperar la administració 2.2. La auditoría técnica y sus descubrimientos Esta supervisión permitió constatar que, desde el inicio de su gestión, Hierro Mar –o mejor dicho, Huarancca Medina- tuvo la intención de incumplir el contrato y aprovecharse de su posición en la planta pesquera para sus propios intereses. Por ejemplo, a pocos meses de iniciar su gestión, Hierro Mar informó haber invertido 724 mil 430 dólares en nuevos equipos, aunque sin sustentar dicha inversión; luego, en enero de 1996, comunicó a Ante estas evidencias, el Banco administrador –que para entonces había tomado el nombre de Banco República- convocó a una Junta de Acreedores para informarles de estas irregularidades y obtener su aprobación para llevar a cabo una auditoría e invitar a un nuevo inversionista, lo cual fue aceptado de manera unánime –esto es, incluso con el voto aprobatorio de Huarancca Medina-. Esta decisión será comunicada formalmente a Hierro Mar el 24 de junio de 1996 en su domicilio legal, adoptando paralelamente acciones para recuperar la plena posesión de El informe final de Ocean Products –empresa contratada para llevar a cabo la auditoría de Vista Florida- presentado a fines de julio de 1996, fue contundente respecto a la pésima gestión de Hierro Mar. Entre otros puntos, halló que las fajas de las máquinas y tableros eléctricos se encontraban deteriorados; que no se encontraban las maquinarias y equipos que Hierro Mar había comunicado que había adquirido (como prensa y evaporadores) Asimismo, se encontró que Hierro Mar nunca llegó a cancelar la póliza de seguro contratada a favor de Vista Florida ni pagaba los servicios de seguridad, dejando 2.3. Las primeras denuncias de Huarancca Medina Sobre la base de estos resultados, el Banco administrador comunicó a Hierro Mar, mediante carta notarial del 29 de agosto de 1996, la resolución del contrato de asociación en participación. Sin embargo, para entonces Huarancca Medina ya había tomado medidas para recuperar el control de Vista Florida, iniciando una fuerte campaña mediática en medios de Chimbote y Lima acusándolo de usurpación y de estar en contra de los empresarios peruanos. Asimismo, el 4 de julio de dicho año interpondrá una denuncia penal contra cuatro funcionarios de dicho Banco –Luis de Montreuil Linares, Sydney Pope Bravo, José Escurra Cabrera y Jaime Espinoza Huamán- por el presunto delito de usurpación agravada, así como una demanda civil por daños y perjuicios, solicitando la ministración provisional de la empresa pesquera al amparo del Decreto Legislativo No. 312. Inicialmente, el Tercer Juzgado Penal del Santa –a cargo del juez Pedro Burgos Escurra- aceptará esta demanda y abrirá instrucción a los funcionarios mencionados en noviembre de Frente a ello, el Tercer Juzgado Penal –esta vez a cargo de la jueza suplente María Luisa Kuo Yum de Silva– mantendrá su postura de existir suficientes elementos probatorios del delito de usurpación, alegando que el bien jurídico a proteger era la posesión de los terrenos y maquinarias, disponiendo por tanto que el dictamen se eleve a consulta a la fiscalía superior. En mayo de 1997, Increíblemente, a pesar de esta opinión compartida, A pesar de este nuevo intento por favorecer a Huarancca Medina, Por su parte, desde mayo de 1997 Vista Florida iniciará una serie de acciones judiciales contra Victor Huarancca Medina y sus cómplices vinculadas con los hechos narrados, incluyendo una demanda por la pérdida de cables y equipos, por la terminación del contrato de asociación en participación y sobre todo por la comisión de los delitos de estafas y otras defraudaciones, así como por fraude en la administració Paralelamente a la cuestión judicial, el Banco República siguió cumpliendo con sus funciones de administrador judicial de Vista Florida, intentando mantener el objetivo de reflotamiento de la empresa. Gracias a estos esfuerzos logró, entre otras cosas, que el Ministerio de Pesquería mantenga en suspenso la caducidad de su licencia en tanto se avanzara con el cumplimiento del PAMA; para ello, en marzo de 1998 firmará un contrato con FIMA S.A. para la construcción de la planta de agua de cola -a un costo de 850 mil dólares americanos- y del sistema de recuperación de sólidos y grasas, a un valor de 270 mil dólares americanos. Asimismo, al inicio de 1998 firmó un contrato de comisión de confianza con Gabriel Peña Villalta ante un posible levantamiento de la insolvencia –lo que ocurrió efectivamente el 20 de julio de dicho año- manteniendo su calidad de administradora y encargando las funciones operativas de la planta a un nuevo operador, con mayor experiencia en la gestión de empresas en liquidación. Sin embargo, estas y otras acciones terminaron frustradas cuando, en noviembre de 1998, el Estado peruano decide intervenir el Banco República y declarar su quiebra y posterior liquidación. 2.4. Haciendo leña del árbol caído Esta oportunidad será aprovechada por Huarancca Medina para iniciar una nueva arremetida en contra de quienes –desde su particular punto de vista- lo "despojaron" de una planta que nunca fue suya, involucrando además en ello a un sinnúmero de funcionarios, entidades y autoridades del Estado, además de intentar nuevamente apropiarse de los activos de la empresa pesquera. Esto último ocurrirá a mediados de 1999, cuando al enterarse del levantamiento de la insolvencia de Vista Florida, Huarancca Medina intentará trabar embargo de las maquinarias de la empresa en su calidad de acreedor de la misma, lo que sin embargo será detenido gracias al inicio de un nuevo proceso de insolvencia –esta vez bajo la modalidad de "procedimiento transitorio"- que será iniciado en febrero del 2000, esta vez bajo el nombre de Consorcio Pesquero "Los Delfines" S.A. Será en dicho año cuando, de acuerdo a lo manifestado por Huarancca Medina, éste "encontró" en marzo del Lamentablemente, esta denuncia tuvo una repercusión exagerada debido al contexto en el que se presentó; esto es, en plena cacería de brujas desatada luego del video Kuori-Montesinos. A partir de ello, Huarancca Medina presentó en febrero del 2001 una amplia denuncia ante En el 2004, Huarancca Medina volvió a convencer inicialmente a un fiscal superior para denunciar a varios funcionarios del Banco República, entre ellos JORGE JAVIER MELO VEGA LAYSECA, FELIPE ALBERTO MENDOZA URIBE y MANUEL ORLANDO VENERO REY SANCHEZ por el delito de corrupción de funcionarios, en la modalidad de cohecho activo en agravio del Estado; y contra JORGE JAVIER MELO VEGA LAYSECA, EDGARDO GUBBINS VILLASECA, SIDNEY POPE BRAVO Y LUIS ENRIQUE DE MONTREUIL LINARES por el delito de concertación crediticia en contra del Banco República, abriéndose instrucción contra estos funcionarios el 13 de julio de dicho año (Exp. 978-05). Cabe señalar que parte de esta denuncia incluía la concesión presuntamente irregular de un crédito de 375 mil dólares americanos a Fabrimet-EPS, empresa con la cual Huarancca Medina se encontraba en litigio (ver caso No. 1). Sin embargo, luego de evaluar las pruebas, Contrariamente, los magistrados que fueron denunciados por este personaje como parte de una red de corrupción conformada con los funcionarios absueltos, no corrieron igual suerte, siendo la mayor parte de ellos separados injustamente de sus cargos. Por ejemplo, en el caso del vocal Víctor Ticona, su destitución por parte del Consejo Nacional de 2.5. Llora, llora, que algo queda… En los últimos años, Huarancca Medina ha llorado su desgracia y su mala suerte ante diversos programas radiales y de televisión, además de ser protagonista de sendos reportajes en la prensa nacional que lo suelen colocar como la pobre "víctima" de "malos peruanos y peores chilenos" que solo quieren acabar con alguien de origen "popular" como él. Lo hemos visto así como ocupante precario del techo de su casa (cuando en realidad la seguía ocupando entera), como alguien impedido de entrar en "sus" fábricas y empresas, a las que solo puede ver de lejos (por suerte) y como una suerte de "paladín" solitario que lucha contra la corrupción (porque nadie más quiere juntarse con él para ser estafado). Incluso ha alegado que, en agosto del 2001, fue amenazado de muerte en la puerta de su casa, sin que presenta pruebas de estas amenazas. Por ello, a pesar de haber perdido la mayor parte de los juicios y querellas presentadas contra sus verdaderas víctimas, Huarancca Medina goza aún de libertad y de una relativa impunidad, a pesar de contar en la actualidad con una orden de captura que pesa sobre él, en el marco de un proceso que se le siguió por difamación contra un ex Presidente de la Corte Superior de Lima. Ello muestra entonces la escasa transparencia de este pseudo-empresario, el que en algún momento deberá pagar sus culpas. 3. CASO 3: La condena kafkiana del Fiscal Mercado López Para quienes conocen a Huarancca Medina, saben que éste suele ufanarse de haber denunciado a varios miembros de las Cortes Superiores de Lima y Chimbote, a funcionarios del INDECOPI, y a absolutamente todas las Fiscales de 3.1. Verdades y mentiras sobre Mercado López José Mercado López era por entonces un joven abogado, que había culminado sus estudios en En octubre de 1996, ya siendo Fiscal Superior, será trasladado al distrito judicial del Santa, siendo prácticamente un desconocido y por ello no formaba parte de ninguna de las redes de contactos e influencia que suelen crearse al interior de la magistratura. Esta designación será el inicio de su desgracia, dado que al poco tiempo de llegar a la zona se le encargará resolver la controversia suscitada por la diferencia de opiniones entre el Poder Judicial y el Ministerio Público ante la denuncia de usurpación interpuesta por Huarancca Medina contra funcionarios del Banco República por la posesión de la planta de la empresa pesquera Vista Florida. Como vimos arriba, Mercado López opinó a favor de los funcionarios del Banco República por haber actuado conforme a ley, declarando también como procedentes otras cuatro excepciones de naturaleza de acción planteados por dicho Banco. Ello llevará a que, a los pocos días (el 12 de abril de 1997), el entonces gerente general de Hierro Mar, Francisco García Ríos, presente ante De acuerdo a la denuncia, Mercado López se habría acercado a Huarancca Medina por intermedio de un antiguo compañero suyo del Ministerio Público de Lima, de nombre Juan Delgado, quien a su vez lo habría contactado con un amigo íntimo de Huarancca Medina, Carlos Palacios Espinoza. Este le habría hecho saber a Huarancca Medina, desde enero de 1997, el interés de Mercado López por "arreglar" el caso a su favor a cambio de la señalada suma de dinero. Por su parte, Huarancca Medina ha sostenido continuamente que se reunió con Mercado López en dos ocasiones en la ciudad de Lima: una en su local campestre "Los Sauces" y otra por el centro de la ciudad, lo que demostraría más bien el afán de aquel por hacer aparecer a éste como corrupto. Sin embargo, más allá de unas fotografías tomadas a Mercado López en el mencionado local campestre –donde no se le ve en ningún momento con Huarancca Medina- y unas llamadas hechas por éste al teléfono celular del fiscal –sin que se tenga prueba de lo que conversaron- 3.2. De simple quejado a "chivo expiatorio" de la corrupción institucional Con fecha 7 de mayo de 1997, la entonces Fiscal Suprema de Control Interno, Adelaida Bolívar, admitió a trámite esta denuncia e inició las investigaciones respectivas, las que estuvieron a cargo del Fiscal Supremo Adjunto, Dr. José Pereira Rivarola. En su informe final No. 027-97-CC-MP- Debido a no estar conforme con esta sanción, Mercado apeló ante Será entonces cuando, en un giro inesperado de las cosas, ¿A qué respondió esta decisión inesperada, que iba contra la postura que había adoptado el Ministerio Público a lo largo del tiempo? En opinión de Roberto Mac Lean –la misma que compartimos- ello respondería a que en dicho período –esto es, en plena caída del régimen fujimorista y de restablecimiento de la democracia- se inició una suerte de "cacería de brujas" contra cualquier sospechoso de corrupción, aperturándose cientos de juicios con apenas algunos indicios de prueba. Por tanto, y a pesar de no existir pruebas tangibles al respecto, Mercado López se convirtió en un "chivo expiatorio" de culpas ajenas, solo para dar la imagen de que el Ministerio Público y la flamante Fiscal de Sin embargo, existen claros indicios de que este cambio de actitud también respondió a presiones directas hechas por Huarancca Medina para perjudicar al fiscal Mercado López. Como aparece en el expediente 2601, Huarancca habría enviado un oficio el 10 de agosto del 3.3. El "daño irreparable" causado por un retardo judicial Ante esta evidente violación de sus derechos fundamentales, Mercado López interpondrá una acción de amparo en noviembre del 2001 ate el 65º Juzgado Civil de Lima, solicitando se declare la anulabilidad de la resolución 764-2001 y otras que le denegaron su apelación, por violación flagrante del debido proceso y de la doble instancia. Esta acción será declarada fundada recién el 16 de mayo del 2003, aduciendo que la resolución de Sin embargo, una vez apelada Debido a que era claro que el daño causado derivaba de la lentitud del sistema de justicia antes que de la acción del demandante, Mercado López interpondrá recurso extraordinario de agravio constitucional ante el Tribunal Constitucional (Exp. 4825-2005 PA/TC), llevándose a cabo la vista de la causa en setiembre del 2005. Increíblemente, y al igual que en el Poder Judicial, el Tribunal recién emitirá opinión el 23 de febrero del 2007, solamente para repetir los argumentos de 4. Conclusiones Los casos reseñados dan fe, entonces, no solo del grado de influencia que puede lograr un sujeto como Víctor Huarancca Medina dentro de diversas instituciones del sistema de justicia –Ministerio Público, Poder Judicial, Tribunal Constitucional- por el solo hecho de contar con cierto poder económico y mediático, sino también la consolidación de prácticas empresariales con respecto a la impartición de justicia que poco aportan a la construcción de un Estado de Derecho. En el caso de Fabrimet-EPS, por ejemplo, la justicia parece ser ciega a las artimañas de este empresario para apropiarse de los terrenos de esta empresa, todo ello escudado en acuerdos extrajudiciales y judiciales que nunca fueron –ni iban a serlo- cumplidos. También aparece como inoperante frente a la construcción de deudas inexistentes, a la ocupación de instalaciones sin respaldo legal alguno, y a contratos de compraventa fraguados simplemente para beneficiar a una persona, todo ello en perjuicio de 90 familias trabajadores que no cuentan con los mismos recursos ni con la falta de escrúpulos de Huarancca Medina. Por su parte, el caso de Vista Florida es ejemplar también respecto a cómo algunos empresarios "emergentes" pueden poner en jaque a empresas formales y consolidadas como entidades bancarias e instituciones públicas de trayectoria, como COFIDE, impidiendo a través de sus malos manejos poder recuperar y reflotar una empresa que a estas alturas podría dar empleo a decenas de peruanos. Para ello, solo le ha bastado a Huarancca Medina jugar con el sentimiento antichileno que aún persiste en algunos sectores del país y de los medios de comunicación, permitiéndole encubrir así su responsabilidad frente a lo ocurrido. Finalmente, lo ocurrido con el ex fiscal José Mercado López es una clara muestra de que a empresarios como Huarancca Medina no les interesa atropellar los derechos más elementales de las personas con tal de sacarlos del camino y lograr sus objetivos. Para ello juegan además con los temores y debilidades de jueces y fiscales, incluso de aquellos que deberían mostrar mayor fortaleza e independencia frente a las presiones externas, vengan de donde vengan. Por todo ello, la trayectoria de Huarancca Medina merece ser analizada con mayor detalle, a fin de sacar de ella los aprendizajes necesarios para que este tipo de casos no se sigan produciendo en el país. |
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