Saturday, November 5, 2011

[RED DEMOCRATICA] Coments.: Caso de la diputada Ramona Pucheta en Argentina [1 Attachment]

 
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Saludos fraternos de la Red Latinoamericana y del Caribe para la Democracia

Por instrucción de Carlos Ponce, Coordinador General y Óscar Álvarez,
Director Ejecutivo, se les envía una copia inserta en el cuerpo
de este correo y copia adjunta en formato PDF de la *Alerta del
Secretariado Permanente de la Red Latinoamericana y del Caribe para la
Democracia: el caso de la diputada argentina Ramona Pucheta*.

Puede visualizar el informe a través de nuestro sitio web,
específicamente en el link:
http://www.democracialatinoamerica.org/1423/caso-de-la-diputada-ramona-pucheta-en-argentina.html

Agradecemos la difusión que puedan brindarle

Saludos

Secretariado Permanente
Red Latinoamericana y del Caribe para la Democracia
San José, Costa Rica
_____________

Alerta del Secretariado Permanente de la Red Latinoamericana y del
Caribe para la Democracia:
Caso de la diputada Ramona Pucheta en Argentina

Noviembre de 2011.

La Red Latinoamericana y del Caribe para la Democracia (RedLad),
integrada por más de 250 organizaciones que impulsan la supremacía de
la democracia y el respeto de los derechos humanos y miembro Oficial
del Foro de Sociedad Civil de la Organización de Estados Americanos
(OEA) y capítulo regional del Movimiento Mundial por la Democracia
(WMD), alerta sobre la manipulación de la legislación sobre cupo
femenino por parte del partido Compromiso Federal en Argentina.

Para cumplir con la ley de cupo femenino, el partido Compromiso
Federal colocó en su lista de candidatos a diputado a la señora Ramona
Pucheta, de la agrupación aliada Movimiento Independiente de
Jubilados y Desocupados (MIJD) que lidera el señor Raúl Castells. La
señora Pucheta resultó electa, decidiendo renunciar para ceder su
puesto al señor Castells, el cual admitió que colocaron a la mujer en
la papeleta para que el poder electoral aprobara la lista del partido
Compromiso Federal, pero que desde el inicio se acordó que si ella
salía victoriosa iba a ceder su puesto a Castells.

Castells argumentó que *la Justicia Electoral nos objetó que yo iba en
segundo lugar y pedía que fuese una mujer, entonces se convino que
una dirigente de nuestro movimiento fuese en ese lugar así podíamos
oficializar la lista*. El artículo 164 del Código Nacional Electoral
argentino avala como legítimas estas acciones, ya que indica que: *En
caso de muerte, renuncia, separación, inhabilidad o incapacidad
permanente de un Diputado Nacional lo sustituirán quienes figuren en
la lista como candidatos titulares según el orden establecido*.

La legislación electoral argentina ha sido burlada en otras ocasiones
y así llegó ante la CIDH el Caso N° 11.307 - María Merciadri de Morin.
El caso fue declarado admisible y se determinó la necesidad de
dictar una norma que garantice efectivamente el cumplimiento de las
disposiciones de la Ley N° 24.012, la Constitución Nacional y los
tratados internacionales de derechos humanos, que poseen jerarquía
constitucional.

Por ello en el año 2000 el entonces presidente Fernando De la Rúa
dictó el Decreto Nº 1246, en cual expresa con claridad que la
finalidad de la ley 24.012 (Ley de Cupo Femenino) es lograr la
integración efectiva de las mujeres en la actividad política.

La Red Latinoamericana y del Caribe para la Democracia:

* Solicita al gobierno argentino, partidos políticos, medios de
comunicación y organizaciones de la sociedad civil argentina, exigir
el respeto de la finalidad con la cual fue creada la Ley de Cupo
Femenino. Si bien la sustitución es aceptable desde el punto de vista
legal, es en realidad una acción contraria a la ética, la moral, los
principios de equidad de género y de acceso de la mujer a la toma de
decisiones que inspiraron la creación de la ley.

* Considera que la renuncia de la diputada Pucheta para ceder el
puesto al señor Castells es una manipulación de las leyes electorales
y de género de la Argentina. Los requisitos en materia de cupo
femenino se realizan con miras a lograr una mayor representatividad de
la mujer en puestos de elección popular, lo cual no debe ser burlado
con fines meramente político partidistas.

Red Latinoamericana y del Caribe para la Democracia
Secretariado Permanente

__._,_.___

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