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Aumentan pena por chuponeo, escucha y difusión de comunicación privada
Jueves, 15 de Diciembre 2011 | 5:19 pm
Si el agente es funcionario público, la pena privativa de libertad será no menor de tres ni mayor de cinco años. En primera votación, el proyecto fue aprobado por 97 votos a favor, uno en contra y dos abstenciones.
Parlamento aprueba modificatoria del artículo 162º del Código Penal y establece una pena privativa de la libertad de hasta cuatro años para quienes intercepten las comunicaciones.
El Pleno del Congreso aprobó un proyecto de ley que modifica el Código Penal e incrementa la pena por la interceptación, escucha y difusión de una comunicación privada obtenida de manera ilícita o indebida.
La iniciativa modifica el artículo 162º del Código Penal, y señala que el que “indebidamente interfiere, escucha o difunde una comunicación privada será reprimido con pena privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cuatro años”.
Asimismo, la propuesta legal mantiene que si el agente es funcionario público, la pena privativa de libertad será no menor de tres ni mayor de cinco años e inhabilitación conforme lo señala este código.
Además, precisa que “esta exenta de responsabilidad la difusión de comunicaciones que tuviese un contenido delictivo perseguible por acción penal pública o que contravenga el ordenamiento legal vigente”.
En primera votación, el proyecto fue aprobado por 97 votos a favor, uno en contra y dos abstenciones, y fue exonerado de segunda votación por 87 votos a favor, cero en contra y ocho abstenciones.
El presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Alberto Beingolea (APGC), manifestó que la norma busca corregir algunos tipos penales que no son considerados delitos, pero que deben serlo.
Señaló, entre ellos, la interceptación telefónica que constituye una vulneración grave de la Constitución.
Dijo que existe una gran cantidad de empresas “legales” dedicadas al llamado “chuponeo” que atenta contra la privacidad de las personas, luego la difunden y posteriormente cometen el delito penal de chantaje.
Explicó que lo se pretende sancionar la difusión de las interceptaciones al derecho de la intimidad de las personas y no atentar contra la libre información a la que debe tener acceso la ciudadanía.
El congresista Javier Bedoya, autor de la iniciativa, destacó que la propuesta legal busca penalizar la difusión de las interceptaciones telefónicas que violan la privacidad de las personas.
Andina
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