Thursday, December 1, 2011

[RED DEMOCRATICA] Ideelemail No 723: Fuerzas Armadas Policializadas: A propósito del dictamen que modifica el Decreto Legislativo 1095

Nº723,1° de diciembre del 2011

Fuerzas Armadas Policializadas:
A propósito del dictamen que modifica el Decreto Legislativo 1095

Ana María Tamayo
Area Sociedad y Fuerzas Armadas-IDL

Se encuentra para el debate en el pleno del Congreso, hoy jueves
1° de diciembre, el dictamen recaído en los proyectos de Ley
88/2011-CR y 301/2011-CR, que propone modificar el Decreto
Legislativo 1095, el cual establece reglas de empleo y uso de la
fuerza, por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio
nacional.

Este dictamen, aprobado el 24 de noviembre pasado, por mayoría en
la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo
Alternativo y Lucha contra las Drogas, contó con la abstención de
cinco congresistas de Gana Perú, y el voto en contra del
congresista fujimorista Octavio Salazar Miranda.

El dictamen se nutre de dos proyectos de ley. El primero, el
proyecto número 88/2011-CR presentado por el congresista Carlos
Tubino Arias Schreiber, quien propone que "las Fuerzas armadas
asuman un rol más activo en la estrategia contra las drogas", en
las zonas declaradas en emergencia, facultándolas a perseguir y
detener a las personas implicadas en delito de tráfico ilícito de
drogas, y poner a los detenidos a disposición de la dependencia
policial más cercana.

El nuevo artículo- Art. 15-A bajo el acápite "Delito de tráfico
ilícito de drogas", desplaza, subroga a la Policía Nacional, en
su rol constitucional de lucha contra el tráfico ilícito de
drogas. Lo que se argumenta, es que bajo la actual configuración,
la falta de coordinación, entre las Fuerzas Armadas y la Policía
Nacional, abona a condiciones para generación de zonas liberadas
para la delincuencia, narcotráfico y terrorismo, por ello, se
propone que en las zonas declaradas bajo estado de emergencia,
las Fuerzas Armadas cumplan un rol más activo en la estrategia
contra las drogas.

Bajo esta fórmula legal se está violentando el artículo 166° de
la Constitución Política, que prescribe que la Policía Nacional
del Perú (PNP) tiene por finalidad garantizar, mantener y
restablecer el orden interno, garantizar el cumplimiento de las
leyes, así como investigar y combatir la delincuencia. En este
mismo sentido, sucede lo mismo con la Ley orgánica de la Policía
Nacional del Perú, Ley 27238 y el Decreto Supremo 008-2000-IN,
Reglamento de la Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú.

El antecedente normativo de esta propuesta legal, es la Ley Nº
26247, aprobada el 24 de noviembre de 1993, que facultó a las
Fuerzas Armadas, para que literalmente, según reza el título de
la ley: "se persiga y detenga a implicados en delito de tráfico
Ilícito de drogas donde no existan dependencias de la Policía
Nacional."

El otro proyecto de ley que alimenta el dictamen en cuestión, es
el proyecto Nº 310/2011-CR, presentado por el congresista Daniel
Mora, actual ministro de Defensa:

"(…) que tiene por objeto solucionar deficiencias operativas y
administrativas en la ejecución policial militar en los
territorios en conflicto, pues no se ha logrado la pacificación y
el control del delito de tráfico ilícito de drogas".

En el fraseo de este nuevo articulado, se plantea un
redimensionamiento del rol de las Fuerzas Armadas, en zonas
declaradas en estado de emergencia, al proponer la habilitación
del uso de la fuerza letal en situaciones de violencia, omitiendo
el control del orden interno a cargo de la Policía Nacional.

Como se puede apreciar, este dictamen no abona a la estrategia
de control de drogas 2012-2016 liderada por DEVIDA, que apuesta
por fortalecer una institucionalidad democrática para hacer
cumplir la ley y el orden, en sus líneas de prevención,
interdicción, sanción y desarrollo, sino por el contrario, abre
un espacio para tensionar las relaciones entre las autoridades
del gobierno nacional, con las autoridades locales y
organizaciones sociales en zonas como el VRAE, al ampliar el rol
de las Fuerzas Armadas, en detrimento de la Policía Nacional,
dado que las acciones militares que pudieran tener lugar para
perseguir y detener a presuntos traficantes de droga, generarían
un alto riesgo para la vida de los habitantes de zonas como el
VRAE, así como del propio personal militar involucrado en dicho
escenario. No se trata de que las Fuerzas Armadas no colaboren en
la acción interestatal contra las drogas, pero dada su doctrina,
formación y equipamiento, a este nivel, lo que se requiere es
fortalecer las labores de inteligencia y operatividad de la
Policía Nacional.

Por tanto, es necesario evitar la aprobación de este proyecto de
ley, el cual de un lado, debilitará institucionalmente a la
Policía Nacional, y de otro, generará la segmentación de la
Fuerza Armada en dos aparatos: uno para la defensa nacional y
otro para labores de control de orden interno. ¿Reminiscencias de
la doctrina de seguridad interior?

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